Si bien fue viralizado este fin de semana y casi contado al detalle con cada acción que iba realizando el Municipio de Guayaquil, que incluyó hasta una persecución por la vía a la costa, el caso del presunto maltrato animal en Las Cumbres no es nuevo. Ya el cabildo venía siguiendo la pista al involucrado desde el 2019.

Cristian Castelblanco, procurador síndico del Municipio de Guayaquil, indicó que desde el 2019 ya se venía investigando a Juan H. E. por denuncias de los vecinos. Ya lo habían multado con un salario básico que aún no ha pagado y con horas de educación para evitar el maltrato que todavía no ha tomado.

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Este lunes, el Municipio presentó una querella penal por delito de maltrato animal contra el morador de la urbanización Las Cumbres. Castelblanco acudió con la directora de Bienestar Animal, Shirley Moreno, a la Fiscalía de la Florida, en el norte de la ciudad.

Además, según los funcionarios, el sospechoso ya tenía la prohibición de por vida de tener nuevos animales, sin embargo, en su vivienda había once: siete perros y cuatro gatos.

Este fin de semana, Juan Carlos H. E. fue detenido en un operativo con cinco perros y dos gatos en una gasolinera, en Progreso; y, al allanar la vivienda en Los Ceibos, se encontraron otros dos perros y dos gatos.

Estas son cuatro de las once mascotas rescatadas este fin de semana por personal municipal luego de varios días de polémica. Foto: Pixabay Foto: El Universo

El caso fue denunciado por los moradores del sector con varias fotos y videos a través de redes sociales, en los que se exponía el aparente maltrato.

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En Bienestar Animal se conoció que en el 2021 se hizo efectiva la prohibición y desde entonces se había solicitado a la Fiscalía del Guayas la orden de allanamiento para quitarle a los perros.

Esta orden recién se emitió este fin de semana tras la difusión de varios videos en redes sociales, pero cuando se avanzó a la casa del sospechoso, este había salido de la vivienda.

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Aunque la detención se hizo por escándalo en la vía pública, al llegar a la Fiscalía se realizó la audiencia por una contravención por maltrato animal, pero en la diligencia no estuvieron funcionarios del Municipio para mostrar la evidencia que se había recogido y el juez lo declaró inocente por falta de pruebas.

Castelblanco explicó este lunes que apenas tuvieron ocho horas entre el rescate y la audiencia y que en ese poco tiempo aún no tenían los informes médicos de los animales.

Él aclaró que si bien el sospechoso fue liberado por la contravención, con la querella penal (delito) se lo procesará porque uno de los perros rescatados tiene una fractura vieja que le causó un daño permanente, el perro cojea.

¿Contravención o delito?

El maltrato animal configura una contravención en la que se determina que quien cause daño, produzca lesiones, deterioro a la integridad física de una mascota o animal de compañía, será sancionado con una pena de cincuenta a cien (50 a 100) horas de servicio comunitario.

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Sin embargo, hace dos años se aprobó una modificación al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que determina en el artículo 250 que el maltrato animal es también un delito penal.

En el art. 250.2 se indica: La persona que haga participar perros u otros animales de fauna urbana (...) en peleas entre ellos, será sancionada con pena privativa de libertad de dos a seis meses. En caso de muerte del animal, será de uno a tres años de cárcel.

* Abandono. Art. 250.3: Abandono de animales de compañía. La persona que abandone a un animal de compañía será sancionada con trabajo comunitario de veinte a cincuenta horas.

* Maltrato. Art. 250.4: La persona que por acción u omisión cause un daño temporal o deteriore gravemente la salud o integridad física de un animal de la fauna urbana, sin causarle lesiones o muerte, será sancionada con trabajo comunitario de 50 a 100 horas.

Decenas de casos de maltrato animal recibe cada semana el Departamento de Bienestar Animal del Municipio de Guayaquil, muchos de esos quedan impunes por complicaciones para seguir trámites judiciales. Foto: Municipio de Guayaquil Foto: El Universo

Ante la afirmación de los personeros municipales de que Juan Carlos H. E. tenía una prohibición de tener animales y de que en el allanamiento se evidenció que había once, los juristas determinan que este accionar constituye una violación del artículo 282 del COIP (Incumplimiento de decisión de la autoridad competente), que implica una pena de seis meses a dos años de cárcel.

De ser cierta esta prohibición, la Fiscalía podía actuar de oficio, explicó un juez consultado por este Diario.

“Es un fallo de la Fiscalía, ya que es un delito contra la eficiencia de la administración pública”, comentó el experto ante la polémica.

El juez indicó que incluso haber incumplido la prohibición puede acarrearle más tiempo en la cárcel al sospechoso que por el maltrato cometido contra los animalitos. (I)