“Recuerden mantener la veeduría ciudadana y si observan animales en la casa del sujeto acusado de maltrato, graben e informen de inmediato”. Ese es el llamado que promueve la fundación Rescate Animal Ecuador para que se recabe la mayor cantidad de pruebas en el reciente caso de presunto maltrato de mascotas que residían en un domicilio de la ciudadela Las Cumbres, en el norte de Guayaquil.

Tras el malestar y rechazo de ciudadanos por este caso, el pasado fin de semana, el Cabildo porteño anunció acciones legales por los actos de crueldad hacia las mascotas por parte del ciudadano acusado, que fue detenido el fin de semana pasado y luego quedó en libertad.

Las once mascotas quedaron bajo custodia del personal de Bienestar Animal del Cabildo porteño.

Publicidad

Ante esta clase de hechos, Mónica Cabrera, representante de la fundación Rescate Animal Ecuador, recordó que el proceso legal por maltrato animal suele tornarse “engorroso” por la actual legislación ecuatoriana.

Maltrato animal, un problema humano: cuáles son los rasgos más frecuentes de los agresores y cómo distinguir un accidente de un abuso

Explicó que a partir de la entrada en vigencia del Código Orgánico Integral Penal (COIP) es necesaria la presentación de una querella en el juzgado de Garantías Penales, ya que ahora el maltrato animal es considerado un delito de acción privada y la Fiscalía no puede ordenar una investigación de oficio al no ser delito de acción pública.

“Esto es un grave problema para los ciudadanos comunes y corrientes y organizaciones porque a nosotros que queremos denunciar, querellar, nos toca hacer también de investigadores privados, recaudar pruebas, los testigos, grabar los videos, notarizar lo que hay notarizar, si las pruebas están en videos el juez puede ordenar un peritaje para demostrar que esos videos son reales”, explicó.

Publicidad

Es un asunto que implica no solo un gasto económico, “sino que el proceso es engorroso, pues el mismo sistema se encargó de hacerlo difícil, mucha gente no quiere querellar”, comentó.

Además, añadió que también existe el miedo a que si no se presenta bien la demanda puede revertirse, ya que el acusado puede considerarse como afectado por daños a la honra.

Publicidad

Las organizaciones, como Rescate Animal Ecuador, tienen dificultades para llevar adelante el costeo de los procesos, ya que no siempre hay fondos para incurrir en los gastos en diversas diligencias e incluso abogados, que en algunos casos colaboran de manera voluntaria.

“No cualquiera lo va a poder hacer si no tiene el dinero, por eso exigimos que el Municipio que tiene los recursos, el equipo legal y todo, que sean ellos que lo hagan”, comentó.

¿Cómo denunciar el maltrato animal? Hay vías telefónicas, presenciales y virtuales; la llamada puede ser anónima

Esta clase de hechos de crueldad en contra de animales son denunciados de manera recurrente a organizaciones de protección de animales.

Solo en la fundación Rescate Animal al día reciben al menos veinte denuncias que van desde mascotas encerradas en patios sin comer, aguantando lluvia o sol, encadenados, violencia física, o también hay casos que la familia a cargo de la mascota se mudó y la dejó abandonada en la casa.

Publicidad

El domingo pasado, Shirley Moreno, directora de Bienestar Animal, indicó que se revisó a las mascotas rescatadas de Las Cumbres y se detectó que presentaban fracturas calcificadas que ocurrieron probablemente por golpe de algún palo o patada. De igual manera, en perros y gatos se hallaron lesiones y laceraciones en la piel.

Fracturas y daños psicológicos tienen 7 perros y 4 gatos que fueron rescatados; dueño de mascotas fue liberado, pero proceso por maltrato continúa

Esa entidad municipal recibe de diez a quince denuncias al día. Solo en el 2021 atendieron 1.960 casos de esa clase y rescataron 350 animales.

Cabrera detalló que suele haber complicaciones en los procesos que se llegan a judicializar. Por ejemplo, hace unos años, una persona acusada de envenenamiento de gatos en una urbanización de La Aurora (Daule) quedó sin sentencia.

“En ese caso nunca se pudo comprobar, es muy difícil hacerlo, nunca se pudo comprobar que la persona que nosotros sabíamos que había puesto el veneno lo había puesto”, comentó.

Personal de Bienestar Animal revisó a las mascotas que residían en vivienda de Las Cumbres. Foto: Cortesía Municipio. Foto: El Universo

El año pasado, en Guayaquil se logró la primera sentencia de privación de libertad en otro caso de envenenamiento de gatos con siete días de prisión para un hombre, que fue captado en un video en el que el acusado declaraba que él lo había hecho y que incluso lo volvería a hacer. En ese caso, el implicado fue juzgado como una contravención, ya que el hecho se produjo cuando aún no entraban en vigencias las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Regularmente el perfil del potencial maltratador, comentó Cabrera, se puede evidenciar desde pequeñas prácticas de personas de corta edad cuando emplean prácticas insensibles como cortar la cola a una lagartija, echándoles agua o lastimando a su mascota.

En el caso de personas adultas, agregó, regularmente no se dejan ver aunque los ruidos que emiten los perros, entre ladridos o aullidos de dolor, pueden advertir a los vecinos que ahí se presenta un caso de maltrato animal.

Actualmente, el COIP, en su artículo 249, sanciona con pena privativa de dos a seis meses a la persona que lesione a una mascota o animal de compañía y si la actividad se realiza como consecuencia de crueldad o tortura animal se sanciona con cárcel de seis meses a un año.

En el artículo 250.4 también se establece que la persona que por acción u omisión cause daño temporal o deteriore gravemente la salud o integridad física de un animal que forme parte del ámbito de la fauna urbana sin causarle lesiones o muertes, será sancionada con trabajo comunitario de cincuenta a cien horas.

Mientras, en el artículo 250.1 se imponen seis meses a un año de cárcel para aquel que produce la muerte a una animal de fauna urbana. Si la muerte se produce como resultado de actos de crueldad, la sanción puede ser uno a tres años de cárcel.

La alcaldesa Cynthia Viteri explicó esta mañana que se debe considerar la ley para determinar si el maltrato se sanciona como una contravención o delito.

Viteri recordó que se considera una contravención cuando el animal es maltratado, pero no muere. En ese caso los responsables son sancionados con trabajo comunitario. Para que el maltrato sea considerado un delito, el animal debe haber muerto o la agresión debe tener una secuela permanente.

En el caso de los once animales encontrados en Las Cumbres, uno presenta una lesión permanente (una pata quebrada) tras ser analizado por un médico tratante. Ese resultado se ha presentado como prueba ante un juez para que el caso no se maneje como contravención, sino como delito.

El procurador síndico municipal, Cristián Castelblanco, y la directora de Bienestar Animal, Shirley Moreno, acudieron este lunes a las dependencias judiciales de la Florida para presentar una querella penal por el delito de maltrato animal por el caso de Las Cumbres.

Según el Municipio, el matrato animal puede ser sancionado como contravención o delito. Foto: Cortesía Municipio. Foto: El Universo

Sancionado vía ordenanza

El hombre que presuntamente maltrataba a sus mascotas en Las Cumbres ya estaba siendo seguido por el Municipio. La alcaldesa Cynthia Viteri mencionó que él fue sancionado por ordenanza en el 2021.

Dijo que se lo sancionó económicamente y con trabajo comunitario. También se le había prohibido que tenga mascotas en su casa.

Viteri expresó que el caso se había reportado ante la justicia. La alcaldesa comentó que “hijo de santo o demonio, quien maltrate a un animal será sancionado”. Esto en alusión de que la persona involucrada en el caso de Las Cumbres es pariente de un exfuncionario municipal. (I)