La Procuraduría General del Estado presentará una acción de anulación del laudo arbitral dictado por la Corte Permanente de Arbitraje, con sede de Chile, que condenó al Ecuador a una indemnización por $ 11,54 millones a la compañía Gente Oil, que demandó un incumplimiento en obligaciones contractuales en la exploración y explotación del bloque Singue, ubicado en la Amazonía.

Este tribunal arbitral internacional de la Corte Permanente de Arbitraje dictó su laudo final el pasado 24 de mayo en contra del Estado ecuatoriano, al concluir que se produjeron daños, incluso moral, a la empresa Gente Oil, especificados en las restricciones de transporte, costos por frustración de solución integral (adquisición de tubería), disminución del ingreso disponible, entre otras.

Este laudo se planteó el 6 de abril de 2018 por Gente Oil Ecuador, que fue parte del consorcio DGC, entre la empresa Dygoil y Gente Oil, que se adjudicaron el contrato de prestación de servicios para la exploración y explotación de crudo en el bloque Singue.

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De acuerdo con el fallo internacional, se condenó al Ecuador a pagar $ 10′710.768, divididos en $ 6′492.758 por el lucro cesante causado por las restricciones de transporte; $ 3′503.252 por los daños o “costes hundidos” provocados por la frustración de la Solución Integral; $ 314.758 por los daños causados por la aplicación de la Resolución 281 al contrato; y, $ 400.000 por los daños morales causados por acciones y omisiones.

Este 9 de junio, el procurador Íñigo Salvador convocó a la prensa para anunciar que presentará una acción de anulación del laudo ante los tribunales ordinarios de Santiago de Chile, sede del arbitraje.

Precisó que el Ecuador tiene un plazo de tres meses, que fenecerían el próximo 24 de agosto, para presentar su recurso; y advirtió que si después del trámite que se dé en estos tribunales se confirma esta decisión, se iniciarán las acciones de repetición en contra de los servidores públicos que participaron en la suscripción de este contrato.

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No obstante, la ejecución del laudo arbitral del 24 de mayo pasado se mantiene, pero “no es automático”, aclaró la autoridad. Al contrario, debe seguirse un proceso de homologación, mediante un juicio.

Salvador indicó además que dicho tribunal no acogió el pedido de Gente Oil con el que se buscaba dar por terminado de forma anticipada el contrato para la explotación de crudo, lo que implica que debe seguir prestando sus servicios al Ecuador. “El tribunal resolvió que no se han probado incumplimientos graves, por lo que la Compañía Gente Oil deberá seguir prestando sus servicios por lo que resta del contrato que tiene un plazo de 20 años”, anunció.

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En este espacio, la autoridad aprovechó para aclarar que el resultado de este laudo no incide en el proceso penal por peculado en el caso Singue, en el que son procesados el exvicepresidente de la República Jorge Glas, el exministro de Hidrocarburos Carlos Pareja Yannuzzelli y otras cinco personas.

QUITO (09-06-2022).- Íñigo Salvador, procurador general del Estado, durante una rueda de prensa sobre el caso Singe/Gente Oil, en la Procuraduría General del Estado, en el norte de Quito. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: El Universo

“Este laudo arbitral no incide en lo absoluto en el proceso penal. El uno es un arbitraje comercial, en el que se tratan incumplimientos contractuales. El otro es un proceso penal, de cometimiento de delitos. No hay forma de que esos dos procesos tengan conexión, no hay ninguna relación”, recalcó.

El caso Singue fue investigado por la Contraloría General del Estado, que en un examen especial halló irregularidades en la fijación de la tarifa del crudo, así como en varios puntos de la acreditación de la empresa para obtener el contrato.

Como efecto de las conclusiones, se destituyó al exvicepresidente Jorge Glas por haber participado en el proceso de adjudicación del campo cuando era ministro de Sectores Estratégicos.

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El proceso avanzó a una investigación penal por presunto peculado que se sustancia en la Corte Nacional de Justicia (CNJ), en el que Glas, Pareja Yannuzzelli y otros fueron condenados a ocho años de prisión.

En ese sentido, el procurador insistió en que el informe de Contraloría fue objeto de análisis en el arbitraje internacional, en lo que se refiere al supuesto incumplimiento contractual, pero que entre estos “supuestos incumplimientos no están los que dan lugar a que se consideren estos hechos, como el delito de peculado”.

Resaltó también que la defensa del Estado logró y debe “ser considerado como un triunfo” que se haya reducido en un 89 % el monto inicial de reparación que Gente Oil demandaba.

Detalló que la suma total de reparación que buscaba la transnacional ascendía a los $ 92 millones, pero el tribunal de arbitraje la fijó en $ 11,54 millones, por lo que existe un 89 % de reducción de la pretensión inicial.

“Este laudo no es la última palabra y la Procuraduría seguirá ejerciendo la defensa del interés público, sin importar en qué gobierno se dieron los hechos. Porque es nuestro deber defender el interés público y el patrimonio estatal”, manifestó Salvador.

Añadió que el organismo no dejará de participar como acusador particular en el juicio de peculado en el caso Singue.

Esto, debido a que en el laudo internacional la compañía demandó al Estado por daño moral, al increpar que la Procuraduría interviene en el caso Singue como acusador particular.

Pero, según Salvador, es obligación de la institución participar en la defensa de los intereses del Estado, de acuerdo con las leyes vigentes del país. (I)