El movimiento político Justicia Social, lista 11, se quedó fuera del Registro Nacional de Organizaciones Políticas, al ratificarse mediante una sentencia de última instancia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) que no alcanzó los umbrales de votación en los dos últimos procesos electorales del 2019 y 2021 para mantener su personería jurídica.

La sentencia se emitió este 30 de marzo de 2022, con el voto afirmativo de los jueces Patricia Guaicha, Ivonne Coloma, Ángel Torres, Fernando Muñoz y Guillermo Ortega, en la que se niega el recurso de apelación a una decisión de primera instancia del juez Arturo Cabrera en la que se ratificó su extinción como movimiento político.

El proceso se inició a raíz de una resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) del 27 de noviembre, que extinguió a cinco organizaciones políticas, de las que cuatro han sido canceladas por el Tribunal Electoral de forma definitiva.

Publicidad

El partido político Fuerza Ecuador, que fundó la familia Bucaram, desaparece del registro nacional

Estas son el partido político Fuerza Ecuador (FE), Concertación, Unión Ecuatoriana y Justicia Social, que es la última.

Aún falta un pronunciamiento respecto del movimiento Ecuatoriano Unido, que se prevé tomar en los próximos días.

Justicia Social obtuvo su personería jurídica el 13 de noviembre de 2017 tras un proceso de recolección de firmas que realizó el abogado Jimmy Salazar, esposo de Pamela Martínez, asesora del exmandatario Rafael Correa, condenada junto con Correa y otros miembros de ese Gobierno por cohecho dentro del caso Sobornos 2012-2016.

Publicidad

Tras cuatro años de mantener su personería y con la participación en las seccionales del 2019 y 2021 desaparece del Registro Nacional del CNE, porque incurrió en las causales establecidas en el artículo 327 del Código de la Democracia.

Este estipula la cancelación de las agrupaciones políticas a aquellas que no obtuvieron el 4 % de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales distintas y consecutivas a nivel nacional; o al menos tres representantes en la Asamblea Nacional; o al menos el 8 % de alcaldías; o, por lo menos, un concejal en cada uno de al menos el 10 % de los cantones.

Publicidad

El representante legal de Justicia Social, Jimmy Salazar Sánchez, alegaba que se le aplicó dicho artículo de manera desigual, pues en los comicios generales del 2021 se coartó su derecho de participación en la inscripción de candidaturas.

El movimiento Justicia Social intentó, sin éxito, inscribir la candidatura a la Presidencia de la República del empresario guayaquileño Álvaro Noboa.

Esta organización pretendió en ese entonces inscribir la candidatura a la Presidencia de la República del empresario Álvaro Noboa, pero en medio de los litigios entre el CNE y el TCE no logró sellar su participación.

Por su parte, los jueces esgrimieron que al tratarse de la cancelación de la organización política, su “continuidad se mide con base en los resultados obtenidos en los procesos electorales, (por lo que) no se observa vulneración del principio de igualdad”, cita la sentencia.

Concertación y Unión Ecuatoriana, extintos con resolución de última instancia del Tribunal Contencioso Electoral

Se constató que de acuerdo con los análisis elaborados por el CNE, en las elecciones seccionales del 2019 este grupo político alcanzó un porcentaje de 2,03160 % para las dignidades de concejales urbanos, concejales rurales y vocales de juntas parroquiales; mientras que para el proceso electoral del año 2021 alcanzó un porcentaje de 0,107 % para las dignidades de asambleístas nacionales, provinciales, por las circunscripciones electorales del exterior y Parlamento Andino, “siendo esta la razón por la que el órgano administrativo electoral resolvió la cancelación”.

Publicidad

En agosto del 2019, en un informe provisional de la Contraloría General del Estado se recomendó al Consejo Nacional Electoral dejar sin efecto la personería jurídica de Justicia Social, porque no habría alcanzado el número de firmas del registro electoral para ser inscrito.

El CNE cumplió esa recomendación, pero en el Tribunal Contencioso Electoral se dejó sin efecto esa decisión y se le ratificó la personería jurídica.

Actualmente, el Registro Nacional de Organizaciones Políticas consta de 268 partidos y movimientos que cuentan con personería jurídica, están habilitados a participar en procesos electorales. De estos, 7 son partidos, 14 movimientos nacionales, 61 provinciales, 166 cantonales y 20 parroquiales.

Sin embargo, con los fallos del TCE el número se reduce a 264, con la ratificación de la extinción de cuatro de estas agrupaciones nacionales.

Para evitar su cancelación, el representante del movimiento Concertación, Alfredo Carrasco, presentó una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional (CC). (I)