“La disolución de la Asamblea Nacional y el consecuente adelanto de elecciones son herramientas constitucionales que puede usar el presidente de la República a su juicio, a su prerrogativa, a su discrecionalidad. Dos de las tres causales no requieren dictamen de la Corte Constitucional. Para su aplicación lo que cabe es el sentido de la oportunidad y la conveniencia, y eso lo debe valorar el jefe de Estado...”. Así reflexiona el ministro de Gobierno, Henry Cucalón, cuando se le consulta si el mandatario Guillermo Lasso se animará a decretar la llamada “muerte cruzada” en el caso de que la mayoría de la Asamblea Nacional reúna los votos para censurarlo y destituirlo dentro del juicio político en su contra que se instalará este 16 de mayo, desde las 10:00. No quiere dar más detalles porque la decisión final es del jefe de Estado, pero confirmó que este sí acudirá a defenderse al pleno.