Es un hecho, el Ministerio de Ambiente será absorbido por el Ministerio de Energía y Minas. Así lo dispuso el presidente Daniel Noboa, a través del Decreto Ejecutivo nº 94, emitido la noche de este jueves, 14 de agosto de 2025.
El documento dispone la fusión por absorción de la cartera del Ambiente a la cartera de Energía, integrándose en su estructura orgánica como un viceministerio, para el ejercicio de las competencias, atribuciones y funciones, que le sean asignadas.
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Para esto, dice el Decreto, se deberá garantizar la desconcentración de los procesos sustantivos. conforme se determine en la fase de implementación de la reforma institucional.
Asimismo, el Ejecutivo dispuso que la nueva cartera de Estado se llamará Ministerio de Ambiente y Energía, el cual asumirá todas las competencias, atribuciones, funciones, representaciones y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos y demás normativa vigente, que le correspondían al Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.
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El Decreto Ejecutivo tiene ocho disposiciones generales, entre las que se destacan:
- Garantizar la separación de funciones y rotación de labores, durante el proceso de fusión
- Cuando concluya el proceso de fusión por absorción todos los organismos dependientes o adscritos al Ministerio del Ambiente, pasarán a ser dependientes o adscritos al Ministerio de Ambiente y Energía.
- Todos los planes, programas, proyectos, así como los derechos y las obligaciones constantes en convenios, contratos u otros instrumentos jurídicos, nacionales o internacionales, que corresponden al Ministerio del Ambiente, serán asumidos por la nueva cartera
- Las partidas presupuestarias y todos los bienes muebles e inmuebles, activos y pasivos que corresponden al Ministerio del Ambiente pasarán a formar parte del patrimonio institucional del Ministerio de Ambiente y Energía
- La máxima autoridad del Ministerio de Energía liderará la fusión por absorción de ambos ministerios
- Una vez concluido el proceso de fusión, el Ministerio de Ambiente y Energía ejercerá las rectorías, competencias, atribuciones y funciones que le haya atribuido al Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica
El Gobierno aclaró que lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo no constituirá un impacto presupuestario negativo para el Presupuesto General del Estado.
En tanto que se establecieron tres disposiciones transitorias. La primera aclara que una vez concluida la fase de implementación culminará el proceso de fusión por absorción. La segunda disposición indica que el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica mantendrá su personalidad y personería jurídica y sus titulares las competencias correspondientes, mientras dure el proceso de fusión.
“Una vez concluida la fase de implementación quedará extinguida de pleno derecho”, aclara el documento.
A su vez, la disposición transitoria tercera establece que el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica garantizarán la continuidad de los procesos precontractuales, contractuales y administrativos, judiciales y extrajudiciales que se estimen convenientes; así como, de los distintos servicios, programas, proyectos y procesos ya iniciados hasta su formal entrega al Ministerio de Energía y Minas.
Para la ejecución del Decreto, el actual Ministerio del Ambiente coordinará con la Secretaría Nacional de Planificación, la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público y los ministerios del Trabajo, Economía y Finanzas y las demás instituciones que correspondan.
La fusión de seis ministerios y seis secretarías, como parte de un plan de eficiencia administrativa, se dispuso a través del Decreto Ejecutivo nº 60, publicado el pasado 24 de julio. La medida ha generado el rechazo de organizaciones sociales de mujeres, ambientalistas, gestores culturales, estudiantes y más, quienes han generado movilizaciones desde el 28 de julio hasta este 14 de agosto.
(I)