En una audiencia que duró más de ocho horas, la Fiscalía General del Estado (FGE) formuló cargos y solicitó medidas cautelares contra los ciudadanos Eduardo Franco Loor, Augusto Verduga, Yadira Saltos y Nicole Bonifaz, exconsejeros los tres primeros y la última actual consejera del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), como presuntos autores directos del delito de asociación ilícita contemplado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal.

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El conjuez nacional Marco Aguirre Torre resolvió y acogió parcialmente el pedido del fiscal general subrogante, Wilson Toainga, y estableció para los cuatro prohibición de salida del país y presentación periódica quincenal ante la justicia en una sala especializada de lo penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) en Quito, comenzando el 31 de marzo y en adelante, así como la retención de cuentas bancarias de $ 5.640 por la multa prevista para este tipo penal.

Durante el desarrollo de la audiencia, la FGE habilitó y difundió el enlace de una carpeta de Google Drive en la que presenta más de 30 PDF de conversaciones relacionadas con los procesados y el presunto delito por el que se los procesa.

Este es el hipervínculo para visualizar los archivos: https://drive.google.com/drive/folders/1Z9huJdzMVB0tA4uBV4gav74O-Bcsq4j6

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#CasoLigados: en este enlace puedes revisar algunos de los elementos de convicción en los que se fundamenta la formulación de cargos de #FiscalíaEc contra 3 exconsejeros y una consejera del @CpccsEc por el delito de #AsociaciónIlícita. https://acortar.link/qbC2Rs” (sic), esribió la Fiscalía en su cuenta de X.

El proceso, que la Fiscalía ha denominado como el caso Ligados, se deriva de la denuncia presentada por Roberto Romero von Buchwald, actual superintendente de Bancos, y se origina en una decisión de los exconsejeros y la actual de desconocer el nombramiento de Romero como superintendente de Bancos actual y en su lugar nombrar a Raúl González como titular del organismo para el periodo 2022-2027.

Durante la presentación de su dictamen acusatorio, Toainga dijo que el CPCCS “se convirtió en la sede de un partido político” que tenía “el objetivo de captar los espacios de poder que fueran posibles”.

Mencionó que las acciones imputables se habrían cometido desde noviembre de 2024 hasta el 22 de enero de 2025 y que buscaban tomar espacios en instituciones del sector económico, judicial y de conversaciones y nexos con la Revolución Ciudadana, incluso con miras a dilatar procesos hasta que Luisa González, candidata presidencial de ese partido, gane las elecciones este 2025.

El fiscal explicó que se encontraron los elementos suficientes para sostener la acusación en los dispositivos electrónicos que le fueron decomisados a Verduga durante el allanamiento del pasado 24 de enero al CPCCS. En estos, dice el fiscal, se encontró información de “planificación y estrategias delictivas puestas en marcha para hacerse del control de la institucionalidad del Estado”.

Toainga manifestó que con los indicios recabados se demuestra que el accionar de los cuatro imputados estuvo lejos de cumplir su rol constitucional y “que se dedicaron a proyectar un control del Estado por medio de varios tráficos de influencias, incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente y usurpación y simulación de funciones públicas”, y que con esto buscaban garantizar su permanencia dentro del CPCCS, ya que esta se encontraba en peligro por la denuncia por infracción electoral en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) contra la denominada “liga azul” y que finalmente sí terminó con la destitución de los tres ahora exconsejeros: Verduga, Saltos y Franco Loor.

Asimismo, se refirió a la denuncia que desató el proceso, ya que buscaron interferir en las instituciones del sector económico al desconocer el nombramiento de Roberto Romero von Buchwald, actual superintendente de Bancos, en ese cargo y en su lugar nombrar a Raúl González como titular del organismo para el periodo 2022-2027 y solicitar su posesión a la Asamblea Nacional.

Toainga habló de que este incumplimiento se debe a planes y coordinación entre los exconsejeros y de la actual con los integrantes del partido político Revolución Ciudadana para hacerse del control del ente financiero, al que calificó como un espacio clave para controlar el lavado de activos en el país.

En tanto, el delito por el que fueron señalados está en el artículo 370 del COIP. Se establece así: “Asociación ilícita.- Cuando dos o más personas se asocien con el fin de cometer delitos, sancionados con pena privativa de libertad de menos de cinco años, cada una de ellas será sancionada, por el solo hecho de la asociación, con pena privativa de libertad de tres a cinco años”.

En el dictamen acusatorio, Toainga también señaló que la acusación se hacía con base en el 278 del COIP, en concordancia con el artículo 42, numeral 1, literal a, del mismo cuerpo legal. Esta norma explica que responderán como autoría directa quienes cometan la infracción de una manera directa e inmediata. (I)