La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIH) reconoció la desaparición de 26 personas en el marco de la emisión del Decreto Ejecutivo 111, del 9 de enero de 2024, con el que el presidente de la República, Daniel Noboa, declaró la existencia de un conflicto armado interno y movilizó a las Fuerzas Armadas para contrarrestar el aumento de la violencia y la inseguridad ciudadana.
El organismo regional concedió medidas cautelares para los desaparecidos y para seis mujeres que los están buscando.
“El 24 de diciembre (de 2025) la Comisión Interamericana otorgó medidas cautelares en beneficio de 26 personas desaparecidas y seis mujeres buscadoras en el marco de un estado de excepción respecto de Ecuador, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos a la vida e integridad personal están en riesgo de daño irreparable en Ecuador”, detalla un comunicado oficial de la CIDH difundido este martes, 30 de diciembre.
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#CIDH otorga #MedidasCautelares a 26 personas desaparecidas y seis mujeres buscadoras durante el estado de excepción en #Ecuador
— CIDH - IACHR (@CIDH) December 30, 2025
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Esto implica que la Comisión considera que los “propuestos beneficiarios se encuentran en una situación de gravedad y urgencia” y con base en el artículo 25 de su normativa, se dictaron seis acciones para cumplimiento del Estado ecuatoriano:
- Redoble sus esfuerzos para determinar la situación y el paradero de las 26 personas desaparecidas identificadas en la presente resolución, con el fin de proteger sus derechos a la vida e integridad personal, mediante un plan de búsqueda con resultados medibles, participación familiar y enfoque de edad, de acuerdo con los estándares y obligaciones internacionales aplicables.
- Facilite la entrega inmediata de toda la información disponible que permita conocer el destino de los propuestos beneficiarios, incluyendo, pero no limitándose, a toda aquella requerida por las decisiones judiciales internas y de las acciones urgentes del Comité de Desaparición Forzada de Personas de Naciones Unidas.
- Adopte las medidas necesarias, con enfoque de género, para proteger la vida e integridad de las seis mujeres buscadoras: Lorena Jacqueline Roca Magallón, Wendy Gabriela Álvarez Chávez, la esposa de Jonathan Daniel Villón Velasco, Mercí Rocío García Bajaña, Mayra Álvarez Chávez y Jeniffer Pillajo Córdova, de conformidad con los estándares internacionales aplicables.
- Brinde atención a la salud física y mental de las seis familiares identificadas de las personas desaparecidas, de manera concertada y voluntaria.
- Concierte las medidas a adoptarse con los familiares de las personas beneficiarias y sus representantes.
- Informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar con la debida diligencia los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición.
La solicitud llegó a la CIDH en abril de 2025 y en ella se argumentó que luego de la emisión del Decreto Ejecutivo 111 que reconoció la existencia de un conflicto armado interno y dispuso el despliegue de las Fuerzas Armadas en todo el país, incluso en centros de privación de libertad, se “promovió el uso de la fuerza letal bajo la justificación de neutralizar a grupos considerados terroristas, y se habrı́an registrado desapariciones atribuidas a agentes estatales, así como amenazas e intimidación contra familiares", informaron los demandantes a la Comisión.
De acuerdo con la solicitud hecha a la CIDH, las 26 personas desaparecidas habrían sido detenidas por efectivos de las Fuerzas Armadas en operativos realizados en 2024 “sin que hasta la fecha se cuente con información oficial sobre el paradero de ellas pese a las decisiones judiciales y denuncias interpuestas”.
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En tanto, las mujeres que buscan a sus familiares estarían siendo objeto de amenazas y actos de intimidación por sus labores.
Según la CIDH, el Estado de Ecuador informó que las autoridades “están llevando a cabo investigaciones diligentes y que se cuenta con mecanismos eficaces para mitigar el riesgo”.
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Además, que los casos estarían en investigación en la Fiscalía General por el delito de desaparición forzada; aunque las instituciones ecuatorianas habrían informado que “no se ha identificado un riesgo verificable respecto de las familias de las personas desaparecidas”.
“Tras analizar las alegaciones de hecho y derecho efectuadas por ambas partes, la CIDH consideró que la situación de las personas desaparecidas no han sido esclarecidas y, a la fecha, se sigue sin conocer su paradero o destino. Respecto de las mujeres familiares identificadas, la información disponible da cuenta de eventos de amenazas y actos de intimidación que se han producido en el tiempo, incluyendo hechos recientes ocurridos en noviembre de 2025″.
Entre el 8 y 9 de enero de 2024, el presidente de la República, Daniel Noboa, decretó un estado de excepción debido al incremento de la violencia delincuencial en el que reconoció la existencia de un conflicto armado interno que permitió la movilización de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional e incluso en las cárceles.
Como consecuencia de este reconocimiento, Daniel Noboa identificó como grupos del crimen organizado transnacional, organizaciones terroristas y actores no estatales beligerantes a las Águilas, Águilas Killer, Ak 47, Caballeros Oscuros, Chone Killer, Choneros, Corvicheros, Cuartel de las Feas, Cubanos, Fatales, Gánster, Kater Piler, Lagartos, Latin Kings, Lobos, Los p.27, Los Tiburones, Mafia 18, Mafia Trébol, Patrones, R7, Tiguerones.
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Esta medida se dio a raíz de la incursión de grupos criminales en el canal TC Televisión, mientras se hacía una transmisión en vivo el 9 de enero del 2024.(I)



















