Para este miércoles, 12 de febrero, de manera virtual está convocado el pleno de la Asamblea Nacional para tramitar en primer debate el proyecto urgente para impulsar la economía de las mujeres emprendedoras del Ecuador.
La convocatoria a la sesión del pleno la realizó el primer vicepresidente de la legislatura, Otto Vera, y está prevista que empiece a las 10:30.
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El proyecto de ley urgente en materia económica fue presentado por el presidente de la República, Daniel Noboa, y busca establecer un marco normativo que promueva y fortalezca el emprendimiento económico de las mujeres emprendedoras para lo que se fijan una serie de medidas fiscales, financieras y de inclusión económica, con el fin de que las mujeres emprendedoras puedan acceder a recursos financieros, mejorar los mercados y a la capacitación.
En las normas contenidas en este proyecto de ley, analizado por la Comisión Permanente de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social, se incluyen disposiciones para reducir las trabas burocrática y mejorar el acceso a financiamiento.
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Según el contenido del proyecto, el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca será el encargado de aplicar e implementar este proyecto sin perjuicio de las competencias que tengan otras carteras de Estado.
Las entidades que conforman los sectores financieros público, privado y de economía popular y solidaria deberán establecer programas que garanticen el acceso de las mujeres emprendedoras en toda su diversidad a los servicios financieros formales; para ello, deben eliminar las barreras que dificulten su participación.
Estos sectores financieros otorgarán líneas de créditos preferenciales, periodos de gracia y plazos flexibles para las mujeres emprendedoras del Ecuador, a fin de garantizar en todo momento la solvencia y prudencia financiera. Están prohibidas las acciones y criterios de discriminación para la aprobación de las solicitudes de crédito; para ello, las superintendencias de Bancos y de Economía Popular y Solidaria serán las encargadas de supervisar el cumplimiento de esta disposición.
Incentivos
Los incentivos que se incluyen desde el Estado para las mujeres emprendedoras son la exención del pago del impuesto a la renta y en los productos, bienes o servicios que produzcan, comercialicen o brinden las mujeres emprendedoras amparadas por esta ley, para lo cual el Servicio de Rentas Internas dictará la normativa determinando el plazo para las exoneraciones y el porcentaje que se aplicará.
El Estado, a través de los gobiernos autónomos descentralizados, garantizará la simplificación de los trámites administrativos para la formalización de los emprendimientos liderados por mujeres emprendedoras, y se implementarán exoneraciones en el pago de las tasas administrativas relacionadas con el inicio, gestión y formalización de los emprendimientos.
La Senescyt definirá una política que permita el ingreso, permanencia y egreso al sistema nacional de educación superior en articulación con la formación inicial básica y bachillerato de las mujeres emprendedoras que residan en el país.
También los organismos reguladores y las instituciones financieras crearán planes, programas y proyectos de capacitación continua dirigidos a mujeres emprendedoras con el propósito de potenciar sus competencias laborales, empresariales y financieras, adaptadas a las demandas del mercado y las tendencias tecnológicas.
El Ministerio de la Producción, según el texto del proyecto urgente, coordinará con las diferentes carteras de Estado e implementará campañas nacionales de sensibilización y educación dirigidas a promover la participación de las mujeres en actividades productivas. Los programas deben estar dirigidos a talleres, charlas y seminarios gratuitos sobre derechos laborales, liderazgo empresarial, equidad de género y emprendimiento. (I)