En Estados Unidos clasifican como Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ) a las “personas que han estado sujetas a un proceso judicial en un tribunal estatal de menores”.

Así lo explica La Nación, medio que amplía que es tarea del USCIS -Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos- establecer si cumplen con los requisitos de clasificación.

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El USCIS indica: “Si usted está en Estados Unidos y necesita la protección de un tribunal de menores porque ha sido abusado, abandonado o ha sido objeto de negligencia por parte de un padre, usted puede ser elegible para la clasificación de Joven Inmigrante Especial (SIJ)”.

Si se le otorga la clasificación SIJ, puede cualificar para la residencia permanente legal (Tarjeta Verde o Green Card).

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Foto: Pixabay/sranson

¿Qué inmigrantes especiales no son elegibles para la green card?

Señala La Nación que, de acuerdo con la citada agencia estadounidense, “hay vetos en este ajuste de estatus” y explica:

“Si cometió un crimen específico o una violación de la ley de inmigración, podría ser que se le prohíba ajustar su estatus.

Si está clasificado como SIJ, está exento de algunos vetos de ajuste, excepto de los relacionados con el terrorismo. No hay exención para este, por lo que será inelegible para una tarjeta de residente permanente si aplica en su caso”.

Para poder ser elegible a la green card, la persona tiene que ser admisible en Estados Unidos; “sin embargo, en el caso de los Jóvenes Inmigrantes Especiales, la ley les puede proporcionar una exención particular para compensar la inadmisibilidad”.

Citan al USCIS: “Si le otorgamos alguna otra forma de ayuda, podríamos aprobar su solicitud de tarjeta de residente permanente, siempre y cuando sea elegible de otra manera”. Esa exención depende de los motivos de inadmisibilidad específicos que aplican al solicitante y la categoría a la que se quiere ajustar.

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Green card y clasificación SIJ

Si a una persona se le ha otorgado la clasificación SIJ (lo que significa que aprobaron su Formulario I-360), podría ser elegible para solicitar una tarjeta de residente permanente (Tarjeta Verde) mediante la presentación del Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus.

A esto también se conoce como solicitar el estatus de residente permanente legal o el ajuste de estatus.

Si hay una visa de inmigrante disponible inmediatamente para usted, por lo general, puede presentar su Formulario I-360 y el Formulario I-485 al mismo tiempo.

Las visas de inmigrantes para SIJ provienen de la categoría de cuarta preferencia (EB-4) para inmigrantes especiales de las visas de inmigrante basadas en el empleo.

Foto: Tomada de USCIS Foto: PanoSoporte

Entre la documentación que solicitarán -desglosa La Nación- está la relacionada también con el formulario I-797 y el I-360. Además de:

  • Fotos estilo pasaporte.
  • Copia del documento de identidad emitido por el gobierno.
  • Copia del certificado de nacimiento.
  • Copia de la página de pasaporte con la visa de no inmigrante (si corresponde).
  • Copia de la página de pasaporte con el sello de admisión o de permiso condicional (si corresponde).

Sobre los familiares

Sobre los familiares derivados,nadie puede presentar un pedido bajo esta clasificación”.

Sin embargo, si el solicitante consigue la green card, precisa La Nación, “puede extender este beneficio a través de la inmigración basada en la familia.

“Se debe tener en cuenta que si se le otorga la tarjeta de residente permanente a base de su clasificación SIJ, no puede conferir ningún beneficio de inmigración a uno o a ambos padres naturales o adoptivos anteriores, aun si usted se naturaliza”.

Una vez que esté en trámite el formulario U-485, la persona podrá solicitar la autorización de empleo, con el formulario I-765, hasta que se emita su green card.

Para leer más sobre esta clasificación en USCIS, entre aquí

Con información de La Nación y USCIS

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