La Dirección General de Migración y Extranjería, adscrita al Ministerio del Interior, eliminó la entrada sin visa para ciudadanos de Venezuela, China y otros países, según la disposición administrativa 002-2026 que redefine los requisitos migratorios para ingresar a Nicaragua.
La normativa establece un nuevo listado de naciones con libre visado —entre ellas todos los países de Centroamérica— y otra relación de Estados cuyos ciudadanos deberán gestionar la denominada visa consultada o Clase C antes de viajar al país.
Entre los casos que han generado mayor atención figuran Venezuela y Cuba, aliados políticos del Gobierno de Daniel Ortega y Rosario Murillo, con los que Nicaragua integra la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA). En el caso de China, la visa será exigida únicamente a los portadores de pasaportes ordinarios.
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Países con libre visado
- Abjasia
- Alemania
- Angola
- Albania
- Arabia Saudita
- Argelia
- Argentina
- Australia
- Austria
- Baréin
- Belarús
- Bélgica
- Belice
- Bolivia
- Brasil
- Brunéi
- Bulgaria
- Canadá
- Catar
- Chile
- Chipre
- Costa Rica
- Dinamarca
- Dominica
- Ecuador
- El Salvador
- España
- Estados Unidos
- Federación de Rusia
- Filipinas
- Finlandia
- Francia
- Grecia
- Guatemala
- Honduras
- Hong Kong
- Hungría
- Islas Salomón
- Israel
- Italia
- Japón
- Kazajistán
- Kuwait
- Letonia
- Luxemburgo
- Malasia
- Malta
- Moldavia
- Noruega
- Osetia del Sur
- Países Bajos
- Palestina
- Panamá
- Paraguay
- Polonia
- Portugal
- Reino Unido
- República de Corea (Corea del Sur)
- República Dominicana
- República Checa
- Rumania
- Santa Sede (Ciudad del Vaticano)
- Singapur
- Sudáfrica
- Suecia
- Suiza
- Turquía
- Uruguay
El artículo segundo del documento precisa que se mantiene la exención de visa para portadores de pasaportes diplomáticos, oficiales, de servicio, asuntos públicos y especiales de países con los que Nicaragua tenga acuerdos vigentes, aunque no detalla cuáles.
Países que deberán tramitar visa Clase C
- Afganistán
- Andorra
- Antigua y Barbuda
- Armenia
- Azerbaiyán
- Bahamas
- Bangladesh
- Barbados
- Benín
- Bosnia y Herzegovina
- Botsuana
- Burkina Faso
- Burundi
- Bután
- Cabo Verde
- Camboya
- Camerún
- Chad
- China (solo pasaporte ordinario)
- Colombia (con reciprocidad parcial)
- Comoras
- Congo
- República Democrática del Congo
- Corea del Norte
- Costa de Marfil
- Croacia
- Cuba
- Yibuti
- Emiratos Árabes Unidos (solo pasaporte ordinario)
- Eritrea
- Eslovaquia
- Eslovenia
- Estonia
- Esuatini
- Etiopía
- Fiyi
- Gabón
- Gambia
- Georgia
- Granada
- Guinea
- Guinea-Bisáu
- Guinea Ecuatorial
- Guyana
- Haití
- India (solo pasaporte ordinario)
- Irak
- Irán (solo pasaporte ordinario)
- Islandia
- Islas Marshall
- Islas Mauricio
- Jamaica
- Jordania
- Kenia
- Kirguistán
- Kiribati
- Laos
- Lesoto
- Líbano
- Liberia
- Libia
- Liechtenstein
- Lituania
- Macedonia del Norte
- Madagascar
- Malawi
- Maldivas
- Malí
- Marruecos
- Mauritania
- México (solo pasaporte ordinario)
- Micronesia
- Mónaco
- Mongolia
- Montenegro
- Mozambique
- Myanmar
- Namibia
- Nauru
- Nepal
- Níger
- Nigeria
- Nueva Zelanda
- Omán
- Pakistán
- Palaos
- Perú (solo pasaporte ordinario)
- Papúa Nueva Guinea
- Ruanda
- República Saharaui Democrática
- República Centroafricana
- Samoa
- San Cristóbal y Nieves
- San Marino
- San Vicente y las Granadinas
- Santa Lucía
- Santo Tomé y Príncipe
- Senegal
- Serbia (solo pasaporte ordinario)
- Seychelles
- Sierra Leona
- Siria (solo pasaporte ordinario)
- Somalia
- Sri Lanka
- Sudán
- Surinam
- Tailandia
- Tanzania
- Tayikistán
- Timor Oriental
- Togo
- Tonga
- Trinidad y Tobago
- Túnez
- Turkmenistán
- Tuvalu
- Ucrania
- Uganda
- Uzbekistán
- Vanuatu
- Venezuela (solo pasaporte ordinario)
- Vietnam (solo pasaporte ordinario)
- Yemen
- Zambia
- Zimbabue
En el caso de Colombia, la disposición señala que se respetará una “reciprocidad parcial” para nicaragüenses nacidos en el Caribe nicaragüense y colombianos nacidos en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
La Dirección de Migración ordenó notificar la medida al Ministerio de Relaciones Exteriores para su difusión a las representaciones consulares, así como al Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil, que deberá informar a las aerolíneas sobre los nuevos requisitos de ingreso al país.
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La disposición entrada en vigor el 16 de febrero. (I)





