La prescripción de deudas es un mecanismo legal que permite extinguir las obligaciones de pago después de un determinado tiempo si no han sido reclamadas judicialmente. Este proceso no es automático y debe ser solicitado ante un juez, explica Francisco Játiva, docente universitario y socio en la firma jurídica internacional Aguilar Castillo Love.
“La prescripción se aplica para proteger a los deudores de demandas tardías, asegurando que las deudas no persistan indefinidamente y ofreciendo una oportunidad de alivio a quienes han enfrentado dificultades financieras”, señala.
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Entonces, ¿prescriben o no? La respuesta es sí y para que ocurra la prescripción se deben dar ciertas condiciones como contar con la defensa de un abogado, detalla el sitio web defensadeudores.ec.
El Código Civil establece diferentes plazos para esa prescripción. El artículo 2392 explica que la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas, o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto tiempo y concurriendo los demás requisitos legales.
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De acuerdo a Játiva, esto implica que la prescripción puede tanto adquirir derechos sobre un bien como extinguir obligaciones si no se han ejercido los derechos correspondientes dentro de un periodo determinado.
Juan Esteban Espinel, docente y coordinador académico de la Escuela de Derecho de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE), menciona que la prescripción de una deuda tiene un tiempo y está contemplada en los artículos 2414 y 2415.
“Establece que el tiempo de prescripción empieza a correr desde que la obligación se haya vuelto exigible. Además, se fija el cómputo de 5 años para que prescriban las acciones ejecutivas, tiempo que se duplica para las acciones ordinarias. Los juicios ordinarios se rigen por un periodo de prescripción de 10 años debido a que, en este tipo de procedimiento, el juez debe determinar la existencia o no de un derecho, cosa que no sucede en un procedimiento ejecutivo, donde el tercero imparcial determina el derecho mediante algún soporte que contenga obligaciones de dar o hacer”, argumenta Espinel.
El experto añade que las acciones ejecutivas, basadas en documentos como letras de cambio o pagarés, prescriben en cinco años. “Sin embargo, si estas acciones no se han ejecutado en ese tiempo, se convierten en acciones ordinarias, que tienen un plazo de prescripción adicional de cinco años. Además, las deudas derivadas de contratos escritos prescriben en diez años, mientras que las basadas en contratos verbales lo hacen en cinco años. Por otra parte, las acciones de responsabilidad civil también están sujetas a un tiempo de prescripción”, explica Espinel.
María Fernanda Bastidas, docente de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de la UISEK, reafirma que es esencial cumplir con los requisitos legales para esa prescripción.
“Cuando una persona asume una deuda con una entidad bancaria o crediticia debe cumplir los plazos establecidos para la cancelación de la misma; sin embargo, la misma normativa establece que las deudas ejecutivas prescriben en cinco años y las deudas ordinarias en diez años. De la misma manera las deudas por facturas o títulos de crédito prescriben en tres años, debido a que la sola constancia de dichos documentos reconoce la deuda y las obligaciones implícitas; pero existen unas deudas que no prescriben y esas son las deudas provenientes del derecho de alimentos, debido a que se busca precautelar el principio del interés superior del niño y sus derechos inmersos”, sostiene.
Requisitos para una prescripción:
- Que la deuda se pueda prescribir, tomando en cuenta que la única que no es posible son las pensiones alimenticias.
- Que haya pasado algún tiempo en el que el acreedor no haya cobrado.
- Que se inicie el proceso de prescripción, pues no es automático.
- Que se haga a través de un abogado.
¿Cómo solicitar la prescripción de mis deudas?
El deudor tiene dos opciones y en ambos casos requiere contar con la representación de un abogado:
- Hacerlo como una contestación, cuando ha sido demandado por una deuda morosa (excepción de prescripción). En este caso, el deudor señala que el plazo para realizar ese cobro prescribió y así podría defenderse de un juicio de cobranza.
- Interponer una acción de prescripción en contra del acreedor, en este caso el deudor demanda a la institución con la que tiene la deuda morosa que se encuentra prescrita.
¿Qué pasa si no pago mis deudas?
El portal defensadeudores.ec explica que si no pagas una deuda podrás recibir presiones. “Desde que dejas de pagar tus deudas existe una serie de mecanismos que el acreedor puede desplegar para obligar el pago de este compromiso; como los llamados de cobranza e incluso una demanda judicial, gestión en la que se arriesga el remate de tus bienes”, indica.
También, en el caso, por ejemplo, de un préstamo hipotecario o crédito automotor existe un bien como garantía y podría estar en riesgo al atrasarse en el pago de estas deudas.
Por eso es importante actuar en forma oportuna, asesorarse y si cree que su deuda está prescrita tramitar esta gestión ante los jueces con un abogado para que tenga validez. (I)
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