No todos pueden trabajar en el sector público, como sí pasa en el privado y es porque hay un impedimento por distintos motivos: que una persona fue destituida, es deudora a entidades públicas o registra mora por pensiones alimenticias.

Según el Ministerio del Trabajo, hay contabilizadas 1′566.166 personas que están impedidas de ejercer cargos públicos. Esta cifra corresponde a un periodo que va desde 1999 hasta el 4 de julio de 2023.

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Hubo cuatro años en los cuales se registraron más ciudadanos impedidos. El primer pico fue en el 2000, con 113.295; después, en 2019, con 493.693 personas; luego, en 2022, con 345.288; y, finalmente, en 2023, ya son 418.137 los ciudadanos que no pueden trabajar en el sector público.

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¿Quiénes son?

  • Deudores a entidades del sector público.
  • Jubilados, retirados, pensionistas.
  • Indemnización por supresión de puesto.
  • Destitución.
  • Compensación por retiro voluntario.
  • Interdicción judicial.
  • Mora por pensiones alimenticias.
  • Compensación por renuncia voluntaria.
  • Terminación de relaciones laborales.
  • Renuncia voluntaria.
  • Indemnización por retiro voluntario.
  • Compra de renuncia con indemnización.
  • Renuncia voluntaria con indemnización.
  • Tráfico de sustancias estupefacientes.
  • Otros.

Del 100 % de los impedimentos, la mayor concentración son los deudores a entidades del sector público, con 1,3 millones del 2005 al 2023. En el actual año van 410.622 ciudadanos, por lo que se convierte en el segundo año con más registros. El primero en esta categoría fue en 2019, con 485.127 personas.

En cuanto a los jubilados, retirados y pensionistas, la alta cantidad de impedimentos fue en el 2000, con 105.200 personas, y en 2018, con 21.548. En este año van 6.935.

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Con respecto a la mora por pensión alimenticia, la norma establece que no podrá ingresar a un puesto público si es que la persona debe dos o más pensiones alimenticias. Aquí hay 1.765 en once años. La mayor cantidad fue en 2016, con 438, y en este año hay 38.

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¿Cómo consultar?

  1. Ingresar a https://www.trabajo.gob.ec/
  2. Ir a impedimentos para ejercer cargos públicos.
  3. Después en consulta de certificado aquí.
  4. Aparecerá otra ventana y colocar la cédula de identidad.
  5. Luego, verificar impedimento.
  6. El sistema preguntará la fecha de nacimiento y hay que digitarla.
  7. E inmediatamente sale si registra o no impedimento de ejercer un cargo público.

Según el ministerio, en el caso de extranjero, que no cuente con cédula de ciudadanía o que tenga la condición de refugiado, debe acercarse a esa entidad para realizar la consulta. (I)