Las instituciones educativas nocturnas no tendrán días adicionales por los apagones que se iniciaron en el país el 23 de septiembre del 2024 y que para el sector residencial terminaron el 19 de diciembre y para el industrial concluyeron el 31 de diciembre.

El Ministerio de Educación señaló que considerando la no presencialidad en las instituciones educativas, los docentes de las ofertas educativas para personas jóvenes, adultas y adultas mayores con escolaridad inconclusa en jornada nocturna continuaron cumpliendo la jornada laboral con horarios ajustados teniendo en cuenta los cronogramas de corte de luz.

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Esa secretaría de Estado mencionó que el docente se mantuvo en las instalaciones de las instituciones educativas con la finalidad de que los estudiantes reciban clases sincrónicas, tutorías y fichas pedagógicas para aquellos que no cuenten con recursos tecnológicos, por lo que no habrá recuperación de días laborales.

Es importante señalar que se socializaron los recursos y lineamientos para la continuidad de los servicios educativos en las instituciones educativas que implementan la jornada nocturna en contextos de no presencialidad, indicó esa cartera de Estado a este Diario.

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EL UNIVERSO consultó sobre la ampliación que habrá en el calendario escolar después del feriado de cinco días. Se inició el miércoles 1 de enero del 2025 y se extendió hasta el domingo 5.

En un correo electrónico respondió que en el régimen Sierra-Amazonía el cronograma escolar finalizaba el 26 de junio de 2025, ahora concluirá el 1 de julio de 2025 para dar cumplimiento a los 200 días del cronograma escolar y recuperación de la jornada laboral.

En el régimen Costa-Galápagos, el cronograma escolar finalizaba el 26 de febrero de 2025, ahora concluirá el 28 de febrero de 2025, es decir, dos días laborables adicionales.

Acerca de qué actividades deberán realizar las instituciones educativas para completar los 200 días laborables, indicó que los docentes tienen sus respectivas planificaciones curriculares que las elaboran al inicio de cada periodo académico y las van ajustando de acuerdo con las necesidades educativas de los estudiantes, así como en función de su contexto institucional.

En estas planificaciones se determinan las habilidades, contenidos, actividades y procesos de evaluación pertinentes para cada uno de los periodos pedagógicos.

Puntualizó que las instituciones educativas municipales, fiscomisionales y particulares elaborarán y socializarán sus propios cronogramas escolares tomando en cuenta la ley y su reglamento, pero podrán acogerse de manera voluntaria a lo definido para las instituciones educativas fiscales. (I)