Luego de la declaratoria de estado de excepción por 60 días decretada por el presidente Daniel Noboa por la situación carcelaria, la corporación Quiport, que administra el aeropuerto de Quito, indicó cuáles son las alternativas de los viajeros para ir hacia la terminal aérea sin inconvenientes.
El presidente Daniel Noboa Azín decretó este lunes, 8 de enero, el primer estado de excepción de su gobierno, que regirá por los próximos 60 días e incluye toque de queda todos los días. El horario del toque de queda es a partir de hoy, 8 de enero, entre las 23:00 y las 05:00, en el territorio nacional.
Según el Decreto n.º 110, el estado de excepción abarca a todas las cárceles del Sistema Nacional de Rehabilitación Social sin excepción alguna.
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Documentos a portar en ruta al aeropuerto
También la Dirección de Aviación Civil (DAC) explicó este martes que los viajeros que deban circular en horas de toque de queda (entre las 23:00 y las 05:00) deben portar su pasaporte, o su documento de identidad (cédula) y el pase de abordar o reserva de vuelo.
Las personas que van a dejar o recoger pasajeros pueden circular portando su documento de identidad y una copia de a reservación o pase de abordar del vuelo.
Como consecuencia del decreto de estado de excepción, que incluye el toque de queda, el libre tránsito queda restringido en todo el territorio nacional.
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— DGAC Ecuador (DAC) (@DGAC_Ecuador) January 9, 2024
⚠️Ante el toque de queda dispuesto por el Gobierno Nacional, entre las 23:00 y las 05:00, informamos a los pasajeros del #AeropuertoUIO que pueden trasladarse desde y hacia el aeropuerto portando su pasaporte o documento de identidad y el pase de abordar o reserva de vuelo. pic.twitter.com/bW8WWqyDm7
— Aeropuertouio (@AeropuertoUIO) January 8, 2024
Viajeros hacia aeropuerto de Quito
Se exceptúan de la restricción del libre tránsito, entre otras, las personas que deban trasladarse desde y hacia aeropuertos por vuelos programados dentro del horario del toque de queda.
Quiport sostuvo que, ante el toque de queda dispuesto por el Gobierno nacional, entre las 23:00 y las 05:00, los pasajeros del aeropuerto pueden movilizarse desde y hacia la terminal aérea portando su pasaporte o documento de identidad, además del pase de abordar o la reserva del vuelo.
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Como parte del régimen decretado se suspende en el país, al igual que en las cárceles, el derecho a la libertad de reunión.
En cuanto al toque de queda, quienes incumplan esta disposición serán puestos a órdenes de la autoridad judicial competente. (I)