La secretaría de Movilidad emitió, esta tarde, el nuevo instructivo para la aplicación del plan de restricción vehicular `Hoy no circula´. El mismo prohíbe la circulación de 07:00 a 19:00, de lunes a viernes según el último dígito de la placa. Las medidas estarán vigentes hasta el 30 de septiembre de 2021.
En las distintas restricciones existen personas o vehículos que serán parte de la excepción a estas medidas.
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A este listado de personas se le suma el sistema educativo. Esto corresponde a “los maestros, docentes y personal administrativo vinculado directamente al establecimiento educativo público, privado, municipal y fiscomisional, debidamente autorizados por el COE Nacional para el retorno progresivo a clases semipresenciales”, sostiene el instructivo.
Todos los vehículos de este listado no requieren la obtención de salvoconductos. Para el respectivo control de dicha excepción, los agentes civiles de tránsito de la AMT constatarán que la persona que se encuentra en una de las excepciones establecidas esté en el vehículo en calidad de conductor o siendo pasajero del mismo, y verificará que porten los habilitantes tales como RUC, RISE, guía de remisión o credencial, según corresponda.
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Es decir, en el caso de las instituciones educativas, deberán presentar a la credencial, según explicó Guillermo Abad, secretario de Movilidad de Quito.
La restricción para los demás vehículos será así:
Salvoconductos:
Las personas que deben solicitar un salvoconducto para circular durante el plan Hoy no circula el día que tienen restricción son: vehículos de personas naturales que ejerzan actividades económicas correspondientes al sector productivo (agricultura y ganadería, industria, construcción, comercio y turismo), o de personas jurídicas que no constan en las excepciones.
Además, estará habilitada la emisión de salvoconductos para:
- Citas médicas (dos citas por semana y caducidad de un día).
- Traslados al aeropuerto (caducidad de un día).
- Turismo: para establecimientos de alojamiento, registrados y validados por Quito Turismo (caducidad: máximo quince días).
- Turismo: para establecimientos de alimentos y bebidas registrados y validados por Quito Turismo (caducidad: máximo dos días).
- Traslado de vehículos nuevos sin placa (un día, solo concesionarios autorizados y validados por Aeade y ensambladoras validadas por la Cinae).
- Actividades económicas de personas naturales con RUC activo (máximo 2 salvoconductos y validez de 180 días).
- Actividades económicas de personas jurídicas (solo podrán remplazar los salvoconductos anteriormente emitidos y tendrán validez de 180 días).
La secretaría de Movilidad evaluará cada dos meses la aplicación del plan de restricción vehicular en la capital, de ser necesario recomendará modificaciones o ajustes. (I)