Este lunes habrá libre circulación en la capital, en horario de 05:00 a 20:00. Fuera de ese horario está prohibido el tránsito vehicular y peatonal por el toque de queda, declarado por el Gobierno el pasado 23 de abril. La medida aplica en 16 provincias hasta el jueves 20 de mayo.

Por lo tanto, la circulación durante esta semana será así:

DíaLibre movilidadToque de queda
LunesDe 05:00 a 20:00De 20:00 a 05:00 del siguiente día
MartesDe 05:00 a 20:00De 20:00 a 05:00 del siguiente día
MiércolesDe 05:00 a 20:00De 20:00 a 05:00 del siguiente día
JuevesDe 05:00 a 20:00De 20:00 a 00:00, en que termina el estado de excepción

Durante el horario de toque de queda, de 20:00 a 05:00, ninguna persona podrá circular, a excepción de las contempladas por el COE nacional:

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  • Servicios de salud de la red pública integral y de la red privada complementaria.
  • Seguridad pública, privada, servicios de emergencias y agencias de control.
  • Sectores estratégicos.
  • Servicios de emergencia vial.
  • Sector exportador y toda su cadena logística.
  • Prestación de servicios básicos, como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.
  • Provisión de alimentos y bebidas, incluidos transporte y comercialización.
  • Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios, incluidos su transporte y comercialización.
  • Industrias y comercios relacionados con el cuidado y crianza de animales.
  • Trabajadores de los medios de comunicación.
  • Plataformas, servicios de delivery y sus empleados acreditados.
  • Servicio diplomático, consular y organismos internacionales acreditados en el país.
  • Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.
  • Actividades relacionadas con el sector financiero-bancario.
  • Funcionarios del Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral.
  • Abogados.
  • Funcionarios de la Corte Constitucional.
  • Servidores públicos de la Función Judicial.
  • Funcionarios de la Defensoría del Pueblo, Procuraduría General del Estado, Asamblea Nacional y Contraloría General del Estado.
  • Personas responsables o a cargo de la distribución y entrega de alimentación escolar.
  • Personas que deban movilizarse a puertos, aeropuertos o pasos fronterizos. En aquellos casos, los documentos habilitantes serán los pasajes del titular o tiques de embarque.
  • Personas que tienen agendadas sus citas conforme al plan de vacunación, debidamente comprobado con el turno asignado o que estén en la fase 1 de inmunización, incluidos aquellos que tengan a cargo su cuidado y traslado para este fin.
  • Personas con citas médicas u odontológicas agendadas.
  • Demás sujetos y vehículos que determine el Comité de Operaciones de Emergencia nacional.

Además, el COE nacional habilitó también a los funcionarios de la Defensoría Pública, Comité de Transición del Gobierno electo y saliente debidamente acreditado, servicios funerarios, cadena de la construcción y cadena conexa.

Para el personal de primer línea o de sectores estratégicos que necesite trasladarse durante el toque de queda, los taxis podrán circular las 24 horas. Para ello es necesario que el funcionario porte la credencial habilitante.

En Quito, servicio de transporte Ecovía y Trolebús atenderán a personal estratégico y de primera línea en toque de queda

Los salvoconductos emitidos por los municipios de cada ciudad fueron suspendidos y no se podrán emitir nuevos mientras dure el estado de excepción.