La sanción por incumplir esta norma es una multa de $ 200, que equivale al 50% de un salario básico unificado (SBU). La medida está establecida en el artículo 123 del Código de la Democracia y especifica que está prohibida la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas.

También indica que la ley seca se iniciará 36 horas antes de la jornada electoral y terminará 12 horas después del día de las elecciones. Por lo tanto, la restricción comienza a las 12:00 (mediodía) del viernes 9 de abril y culmina a las 12:00 del lunes 12.

Para controlar que se cumpla con esta medida, en Quito ya se organizaron operativos interinstitucionales, liderados por la Intendencia de Pichincha. “Tenemos previstos operativos en los nueve distritos del DMQ a partir del mediodía del viernes. Además, en Quito existe la normativa que prohíbe libar en la vía pública y en esos casos actuará la Agencia Metropolitana de Control, (AMC), indicó Cristian Paredes, intendenta (e).

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En caso de que los locales comerciales infrinjan la ley seca, pueden ser clausurados por la Intendencia entre 10 y 30 días. Adicionalmente, la multa que se aplicaría puede ir entre los $ 200 a $ 800.

Otra normativa que entrará en vigor es el silencio electoral, a las 00:00 del viernes, previamente a los comicios del domingo. El incumplimiento será considerado una infracción electoral grave y podría causar la suspensión de la publicidad en el medio de comunicación e incluso multas de $ 10.000 a $ 102.000.

Los días sábado y domingo habrá libre circulación vehicular a nivel nacional, según las autoridades, para que la ciudadanía pueda trasladarse a ejercer su derecho al voto. Además, según la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint, la entrada a los recintos electorales estará abierta para evitar aglomeraciones en los exteriores, como sucedió en la primera vuelta.

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Multas

Pese a la pandemia de COVID-19, en el Ecuador el voto es obligatorio para todos los mayores de 18 años y facultativo para los mayores de 65 o jóvenes de 16 y 17 años. Lo mismo ocurre con las personas con discapacidad, analfabetas y personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.

El incumplimiento se sanciona con multas, de acuerdo con el Código de la Democracia:

  • $ 40 por no acudir a votar, equivale al 10% del SBU.
  • $ 60 por no integrar la Junta Receptora del Voto (JRV), equivale al 15% del SBU.
  • $ 40 por no recibir la capacitación (en el caso de los miembros de JRV), equivale al 10% del SBU.
  • $ 4.400 a $ 8.000 a los miembros que abandonen la JRV. Además, es una falta electoral grave y puede causar la suspensión de derechos políticos hasta por dos años. (I)