Los animales, al ser seres vivos, necesitan respeto y cuidado por parte de los humanos, pero no todas las personas protegen a los animales a su cargo. Algunos incluso llegan a maltratarlos.

Maltrato animal es cualquier tipo de acción que perjudique de forma física o psicológica al animal. El abandono, la desatención, tratos de crueldad, abuso sexual, explotación o muerte son ejemplos de maltrato.

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Detener este abuso es importante para la comunidad no solo porque afecta a los animales, sino porque una persona que lastime deliberadamente a un animal tiene el potencial de lastimar a un humano en el futuro.

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Si usted es testigo de un caso de maltrato animal, puede hacer una denuncia para que las autoridades rescaten al animal y se castigue al agresor con la sanción correspondiente.

Cómo denunciar maltrato animal en Guayaquil

Usted se puede comunicar con la entidad municipal Bienestar Animal Guayaquil al número 259-4800, extensión 3320, para gestionar su denuncia. Otra manera es ingresar la denuncia desde la ventanilla universal, un portal habilitado para trámites ciudadanos.

También puede acercarse al Municipio de Guayaquil, ingresar su denuncia por la ventanilla 38 y dirigirse al Ab. Xavier Narváez, director de Justicia y Vigilancia. Debe llevar copias de su cédula de identidad y prueba del maltrato animal en foto, video o audio.

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Cómo denunciar maltrato animal en Quito

El Municipio de Quito recepta denuncias de maltrato animal desde el portal web de la Unidad de Bienestar Animal. Los ciudadanos deben proveer los datos del denunciante, datos del denunciado y detalles de la infracción.

También puede entregar el formulario de denuncia en el Megabalcón de Servicios Bicentenario o en los tres Centros de Atención Veterinaria, Rescate y Acogida Temporal Cavrat. Debe imprimirlo y llenarlo.

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Sanciones por el maltrato animal

Por abandono

  • Trabajo comunitario de 20 a 50 horas.

Por maltrato

Si por acción u omisión se causa un daño temporal o se deteriore la salud o integridad física de un animal (sin causarle lesiones o muerte):

  • Trabajo comunitario de 50 a 100 horas.

Por muerte

Matar a cualquier animal, ya sea actuando con ensañamiento o suministrando alimentos con componentes dañinos o sustancias tóxicas:

  • Pena privativa de libertad de seis meses a un año.
  • Si la muerte se da como resultado de actos de crueldad, pena privativa de libertad de uno a tres años.

Por abuso sexual al animal

Realizar actos de carácter sexual contra un animal (propios o de terceros) o explotación sexual:

  • Sin muerte del animal, pena privativa de libertad de seis meses a un año.
  • Con muerte del animal, pena privativa de la libertad de uno a tres años.

(I)

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