La contaminación ambiental en las provincias de El Oro y Loja debido a altas concentraciones de cianuro, arsénico, cadmio, cobre y plomo encontradas en los ríos Calera y Amarillo dio paso a que el Gobierno suspenda indefinidamente las operaciones de las plantas de beneficio ubicadas en El Oro.
En ellas se procesa material aurífero para extraer oro. En otras palabras, estas industrias trabajan sobre el mineral bruto y se lo prepara —usando químicos en el proceso— para sacar el recurso que sirve para ser comercializado.
Alrededor de los ríos Calera y Amarillo se ubican aproximadamente más de 80 plantas de beneficio, según datos de la ministra de Ambiente y Energía, Inés Manzano.
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La paralización rige desde este lunes, 2 de febrero, y su duración es indeterminada.
Esta medida se dispuso a través de la resolución 0005 del Ministerio de Ambiente y Energía (MAE), suscrito por la ministra del ramo.
En el documento se informa que el pasado 14 de enero la Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA) recolectó muestras del agua de los ríos Calera y Amarillo —pertenecientes a la cuenca hidrográfica Puyango-Tumbes, en el sur de Ecuador—.
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Los resultados de los análisis concluyeron que los parámetros de cianuro, arsénico, cobre y plomo “no cumplen con los criterios de calidad” admisibles para la preservación de la vida acuática y silvestre en aguas dulces, marinas y de estuarios.
Particularmente, en el río Calera se identificó que “la carga contaminante se incrementa de manera crítica y significativa en el tramo donde se concentra la operación de las plantas de beneficio”.
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De hecho, se califica la situación como un “impacto severo y directo de las plantas de beneficio”.
En ciertos tramos del afluente, cercanos a la zona industrial, se han detectado “incrementos sustanciales en las concentraciones de contaminantes”.
Hay aumentos del 535,60 % en plomo y del 465,79 % en cianuro, “lo cual evidencia que los sistemas de tratamiento de efluentes de las plantas ubicadas en este sector resultan ineficaces o inexistentes para el control de estos parámetros críticos”.
Otro de los resultados que alarman es que los valores de arsénico y cianuro que se hallaron en los líquidos que se descargan en la alcantarilla superan ampliamente los límites máximos permisibles establecidos para descargas a cuerpos de agua dulce, dice la resolución.
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El hallazgo es clave y fundamenta la suspensión de las plantas de beneficio, ya que hay una “coincidencia” entre la huella química de la descarga y el incremento de los contaminantes en el río.
Aquello “permite establecer una relación técnica de causalidad entre el vertido puntual y la degradación del recurso hídrico”, concluye el análisis.
En la zona donde confluyen los ríos Calera y Amarillo, el estudio determinó que si bien se diluyen parcialmente las concentraciones de contaminantes, este efecto es insuficiente para mitigar el impacto ambiental aguas abajo.
Esto deriva, nuevamente, en un aumento progresivo de la contaminación del río Amarillo.
Contaminación en Napo
La resolución ministerial también suspende todo tipo de actividad minera en la provincia de Napo por la existencia de contaminación ambiental relacionada con las actividades de minería ilegal.
En este caso, la resolución ordena la paralización total de actividades mineras en las concesiones aledañas a la cuenca hidrográfica del río Napo.
Acciones que se ejecutarán
En el plazo máximo de diez días desde la emisión de la resolución, las direcciones zonales 7, 8 y 10 del Ministerio de Ambiente y Energía empezarán los procesos administrativos para sancionar a los operadores mineros por las infracciones que se identifiquen.
Por otro lado, dentro de tres días las direcciones zonales deberán ejecutar las siguientes acciones:
- Verificar que las plantas de beneficio y/o concesiones mineras en las provincias de El Oro, Loja y Napo cuenten con la autorización administrativa ambiental y el certificado de registro de sustancias químicas peligrosas para uso de cianuro.
- Verificar que las plantas y concesiones las tres provincias posean el certificado de no afectación al recurso hídrico y la autorización de uso y aprovechamiento de agua.
Cada quince días, las direcciones zonales realizarán inspecciones para el cumplimiento de la suspensión de actividades.
La Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom) colocará los sellos de clausura y decomisará el material mineralizado que se encuentra en las concesiones mineras y plantas de beneficio. Asimismo, procederá con el trámite para aplicar sanciones.
La Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA) se encargará de monitorear los sedimentos en los ríos Calera y Amarillo para la identificación y la cuantificación de metales pesados, como cobre, plomo, arsénico y cadmio y mercurio, conforme los protocolos técnicos y normativos vigentes.
De igual manera, la ARCA coordinará con la Subsecretaría de Calidad Ambiental del Ministerio de Ambiente y Energía para que en el plazo de hasta dos meses se realice el monitoreo de calidad de agua en los cuerpos hídricos de las provincias de El Oro, Loja y Napo.
Por otro lado, la Subsecretaría de Calidad Ambiental solicitará a los titulares de las plantas de beneficio y concesiones mineras de las provincias mencionadas que presenten inmediatamente el plan de acción para su revisión y su aprobación.
La resolución establece que todo el material mineralizado que sea decomisado por la Arcom pertenece al Estado y será entregado a la Empresa Nacional Minera (Enami) para su procesamiento y su comercialización.
Al Viceministerio del Agua se le dio un plazo de un mes para que ejecute los mecanismos de protección hídrica que correspondan en la provincia de Napo.
La Empresa Pública del Agua verificará que los operadores de actividades mineras en las tres provincias estén al día en el pago de tarifas por el uso y el aprovechamiento del agua.
Gremio apoya los controles
La Cámara de Minería del Ecuador (CME) ve con buenos ojos las implicaciones de la resolución ministerial, ya que están enfocadas en control y protección ambiental, así como en la lucha contra la extracción ilícita de minerales.
El gremio aclaró que no cuenta con empresas afiliadas que desarrollen actividades en la provincia de Napo.
Y señaló que “la minería legal e industrial opera bajo estrictos estándares ambientales, técnicos y de control y que todas las empresas deben cumplir la normativa vigente. Cuando esto no ocurre, corresponde que las autoridades competentes apliquen las sanciones previstas en la ley”. (I)























