En Ecuador, las instituciones bancarias se encuentran reguladas por la Superintendencia de Bancos. Este organismo se encarga de supervisar y controlar a las entidades del sistema financiero y al sistema nacional de seguridad social, con el objetivo de proteger al usuario financiero frente a cualquier eventualidad.

Si bien un usuario puede ser víctima de un bloqueo de su cuenta bancaria, esto puede ocurrir por diferentes situaciones. “Las cuentas de ahorro o corrientes no se pueden bloquear, lo que se puede es cerrar, las causas son dos: por orden la Superintendencia de Bancos o de la entidad privada”, detalló el economista Héctor Delgado.

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Esto puede ocurrir de acuerdo con el número de cuentas, número de cheques protestados, si es primera, segunda o un número superior. Incluso, cuando detectan que el propietario de la cuenta la utiliza de manera errónea, por ejemplo, abrir una cuenta a mi nombre, pero quien hace los movimientos es una tercera persona.

Por otro lado, la Superintendencia detalla que no es legal el bloqueo de cuentas por falta de pagos en las cuotas de créditos, pero sí podría pasar en caso de que los motivos se derivan de un proceso judicial o de coactivas.

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“Existe un tiempo estipulado para el cierre de cuentas, la primera vez es por un mes, la segunda por un año y la tercera vez por tres años”, indicó el economista Delgado.

¿Cómo manejar correctamente una cuenta bancaria?

“Se debe cuidar el giro de cheques y decir la verdad, en cuanto a mi perfil transaccional, esto quiere decir, cuánto voy a mover mensualmente en el banco. Además, no prestar mi cuenta a terceros”, agregó Delgado.

La página web de la Superintendencia de Bancos explica que la orden de desbloqueo de cuentas la emite la misma autoridad que dispuso el bloqueo, lo cual es comunicado a la Superintendencia de Bancos para que notifique al sistema financiero. (I)