El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) ofrece préstamos quirografarios e hipotecarios, y pueden aplicar los afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) en relación de dependencia, jubilados y pensionistas.

El banco del IESS explica que un préstamo quirografario es un crédito fácil y rápido hasta por 80 salarios básicos unificados del trabajador en general (hasta $ 37.600 para este año 2025), de acuerdo a la capacidad de pago del solicitante.

Todos los afiliados que se encuentren en relación de dependencia, jubilados y pensionistas que gocen de una pensión activa y los afiliados voluntarios que mantengan fondos disponibles en las cuentas individuales de cesantía y fondos de reserva, pueden solicitar este tipo de préstamos.

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El préstamo quirografario, denominado crédito inmediato, permite cubrir deudas, gastos de salud, de viaje, entre otros.

Entre otros requisitos de aportación, el afiliado deberá acreditar una fuente de repago estable. Podrá solicitar como monto de su préstamo quirografario hasta el 95% acumulado en sus fondos de reserva y/o cesantía.

Algunos de los requisitos para la calificación son poseer garantías reales (fondos de reserva y/o cesantías) en el IESS, tener mínimo 24 aportaciones, no tener solicitud de cesantía en trámite, entre otros. Para los jubilados también aplican requisitos específicos.

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Los afiliados y jubilados si tienen un crédito hipotecario o un quirografario pueden solicitar otro quirografario. Para ello no deben tener dividendos pendientes de pago con el IESS o Biess o en trámite ninguna solicitud de préstamo hipotecario; así también, deben poseer garantías y capacidad de endeudamiento para acceder al otro préstamo.

Requisitos de calificación

  • Poseer garantías reales (fondos de reserva y/o cesantías) en el IESS
  • Tener mínimo 24 aportaciones.
  • Ser un afiliado activo.
  • Su empleador actual no debe pertenecer al seguro social campesino.
  • No tener solicitud de cesantía en trámite.
  • Su(s) empleador (res) no debe(n) estar en mora con el IESS.
  • Tener una cuenta bancaria registrada y autorizada por el IESS.
  • No constar con registro de fecha de fallecimiento en el IESS.
  • No tener crédito en mora con el IESS o Biess.
  • Si es empleador no tener obligaciones pendientes con el IESS.
  • Validaciones Biess.
  • No tener un crédito hipotecario en trámite.
  • No tener gastos de instrumentación pendientes en solicitud de préstamos hipotecarios iniciada y no concluida.
  • No tener comprobante pendiente de pago.
  • No tener créditos quirografarios en trámite.
  • Tener créditos en liquidación.
  • No tener crédito vigente con el IESS - anterior sistema HOST

El desembolso del préstamo se efectiviza en máximo 72 horas, a partir de su aprobación. (I)