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Despedidos por fuerza mayor en la pandemia, a la espera de sus liquidaciones

Algunas de estas liquidaciones se concretaron por acuerdos con la empresa; otras se definirán cuando concluyan los procesos judiciales.

Yesenia Salazar vive en el norte de Quito junto con sus hijos y esposo. Ella fue separada por fuerza mayor en mayo pasado. Foto: Cortesía.

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Yesenia Salazar y Nancy Duque viven en la misma ciudad. Yesenia en el norte y Nancy en el nororiente de Quito. Ellas no se conocen, pero están conectadas a un mismo escenario.

Hace casi un año, ambas fueron despedidas por fuerza mayor o caso fortuito, figura estipulada en el artículo 169, numeral 6, del Código de Trabajo, y que ha sido utilizada durante la pandemia sobre todo en los meses de marzo, abril y mayo.

El uso de esta causal bajó, de acuerdo a abogados laborales, con la Disposición Única Interpretativa de la Ley Humanitaria, que establece que la imposibilidad de realizar el trabajo por caso fortuito estará ligada al cese total y definitivo de la actividad económica del empleador, sea persona natural o jurídica.

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Sin embargo, la mayoría de empresas que lo han aplicado aún siguen activas y hasta con nuevo personal, como lo cuenta Yesenia. Ella trabajó como salonera y cocinera en horarios rotativos durante siete meses en una cadena de restaurantes. Fue notificada en mayo pasado. “Y un mes después, el local abrió con nuevo personal”, asegura.

Yesenia tiene un hijo con discapacidad mental del 46% y cría pollos para tener ingresos. Foto: Cortesía.

La empresa le adeuda los sueldos de febrero, marzo, abril y la liquidación. La demanda está en trámite.

En cambio, Nancy estuvo cerca de quince años trabajando para una aseguradora como jefa de Cobranza. Cuando empezó la cuarentena, permaneció en teletrabajo hasta el 24 de abril, en que fue notificada por fuerza mayor. Su demanda también está en trámite, aunque hubo un intento de diálogo con la empresa; pero, a su juicio, la compañía no mostró interés.

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Ambas son madres y desde que fueron despedidas han emprendido la lucha por sus liquidaciones, proceso que demoraría al menos un año más. No obstante, dicen que el tiempo que dedicaron no puede ser desperdiciado.

Nancy Duque laboró cerca de 15 años y debe recibir cerca de $ 40.000 de liquidación, según su abogada. A ella por fuerza mayor le ofrecieron $ 1.000. Foto: Cortesía.

“La compañía se valió de este artículo y desvinculó a 120 personas de más de quince años de servicios, y es injusto cuando la compañía está en condiciones de pagar (...). Yo me quedaba más horas y ni siquiera le reconocen cuando uno ha entregado su vida. Pero yo me voy hasta las últimas consecuencias, porque son mis derechos”, enfatiza Nancy, a quien pretendían liquidar con $ 1.000.

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Mientras que Yesenia no tenía considerada una liquidación. “Yo necesito mi sueldo, tengo un niño con discapacidad. Me ha tocado vender pollos para subsistir”, señala.

Actas de finiquito (1<b>6 de marzo de 2020 - 11 de marzo de 2021)</b><b>Número de actas</b>
Acuerdo entre las partes436.656
Despido intempestivo59.320
Por la conclusión de la obra, período de labor o servicios objeto del contrato75.258
Terminación dentro del período de prueba65.627
Por las causas previstas en el contrato49.505
Por caso fortuito o fuerza mayor28.097
Desahucio13.620

Estas historias son parte de las 28.097 actas de finiquito por caso fortuito entre el 16 de marzo de 2020 y el 11 de marzo de 2021, según el Ministerio del Trabajo.

Algunos despedidos han llegado a acuerdos con su empleador, señalan los abogados laborales Vanessa Velásquez, Lenin Duque y Mesías Andrade.

Velásquez indica que ciertos acuerdos son con pagos directos y otros en cuotas de hasta 48 meses. Duque apunta que estos pactos se han logrado con hasta el 90% de liquidaciones. Y Mesías indica que, al menos, se ve la intención de no afrontar un proceso judicial.

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Pero un gran porcentaje está decidido a luchar y ser paciente, dice Velásquez. Ella tiene más de 150 casos por caso fortuito en Quito, Guayaquil, Loja y Santo Domingo. Ha atendido a excolaboradores de florerías, aseguradoras, distribuidoras y empresas dedicadas a la venta de electrodomésticos.

Algunos casos con liquidaciones de $ 0,22, $ 300 por más de diez años de trabajo. Lamenta que la mayoría esté focalizado en mujeres con periodo de maternidad o personas cercanas a la jubilación patronal.

En este escenario afirma que el ganador será el trabajador por la incorrecta aplicación del artículo, puesto que la empresa debe demostrar que se vio afectada por la pandemia y no por crisis anteriores. “Se están confundiendo con que hayas tenido crisis anteriores, y eso es falso: tienes que probar que lo que te hizo cerrar fue la pandemia. Ese es el error de la mayoría”, expresa.

El único detalle, asegura, es que los procesos demoran y por ello las liquidaciones —que pasan a ser de despido intempestivo— no se darían sino hasta después de un año y quizás más.

Denuncias (11 de marzo de 2020 - 9 de febrero de 2021)Porcentaje de denuncias
No pago de liquidación21,35%
No pago de remuneración18,32%
No afiliación16,02%
No pago de décimos15,62%
Despido intempestivo14,01%
Artículo 169,611,62%
Acoso laboral3,06%

Duque tiene 262 casos de trabajadores en su estudio jurídico, de cerca de quince empresas como petroleras, hoteleras, panaderías, entre otras.

Cree que litigar un proceso judicial y no llegar a un acuerdo se ha vuelto una especie de negocio. “Prefieren seguir litigando y ganar tiempo, porque asumo que ese dinero, que ellos deberían haber pagado enseguida, y pagarlo después de uno o dos años (lo que dura un juicio), probablemente es un mejor negocio para ellos”, apunta.

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Mientras que Andrade maneja varios casos, como de restaurantes y empresas artesanales, y ha notado que ciertos trabajadores no siguen los procesos porque piensan que es una pérdida de tiempo o por miedo.

“El trabajador es muy temeroso, me dicen ‘yo prefiero coger lo poquito que me dan’, pero sí hay clientes comprometidos con la causa”, menciona. (I)

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