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¿Cómo denunciar si no te pagan el décimo tercer sueldo?

Según el artículo 111 del Código de Trabajo, este bono debe ser pagado por los empleadores hasta el 24 de diciembre de cada año.

Si el trabajador no recibe su décimo tercero el empleador puede ser sancionado por el Ministerio de Trabajo. Foto: Pexels

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En este último mes del año, los trabajadores en relación de dependencia, del sector privado o público, recibirán el décimo tercer sueldo o bono navideño, un rubro que corresponde a la doceava parte de las remuneraciones que haya recibido el empleado entre el 1 de diciembre del año pasado y el 30 de noviembre del presente.

La finalidad del bono, implementado en 1962 bajo el mandato de Carlos Julio Arosemena, es aliviar la carga de los trabajadores en la temporada de Navidad. Durante este mes se incurren en gastos como regalos, comida, ropa, calzado y celebraciones, por lo que los hogares se benefician del ingreso adicional.

Para calcular este sueldo es necesario tomar en cuenta todo los valores que ha recibido en dinero, en servicios o en especies, inclusive trabajos extraordinarios y suplementarios, a destajo, comisiones, participación en beneficios, el aporte individual al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) cuando lo asume el empleador, o cualquier otra retribución que tenga carácter normal en la industria o servicio.

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En ese cálculo no se debe incluir el pago de fondos de reserva, utilidades, viáticos, entre otros.

Según el artículo 111 del Código de Trabajo, este bono debe ser pagado por los empleadores hasta el 24 de diciembre de cada año.  Esto si el trabajador o trabajadora ha pedido por escrito recibirlo de forma acumulada hasta esa fecha.

Tras la reforma laboral que se dio en junio del 2015,  según el mismo articulado, los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen mensualmente este décimo, pero de manera proporcional.

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Por otro lado, si no se laboró el año completo, el empleado tiene derecho a recibir un proporcional por el periodo de tiempo que estuvo en la empresa.

Si el trabajador no recibe su décimo tercero el empleador puede ser sancionado por el Ministerio de Trabajo. También puede presentar una denuncia ante un juez laboral por el incumplimiento.

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Si está vigente la relación laboral puede hacerlo mediante un juicio monitorio, conforme consta en el Código Orgánico General de Procesos (Cogep), que tiene por objeto cobrar remuneraciones o este tipo de bonificaciones impagas.

¿Cómo hacer una denuncia laboral?

Si se están vulnerando sus derechos, puede presentar una denuncia de dos maneras:

De manera virtual: Ingresando a Sistema Único de Trabajo en línea https://sut.trabajo.gob.ec/mrl/loginMenuDenuncias.xhtml

De manera presencial: En la Dirección del Ministerio del Trabajo más cercana a su domicilio, debe presentar en ventanilla de atención al usuario la información solicitada de manera escrita o impresa.

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Requisitos y procedimientos para denuncias

Datos completos del denunciante (trabajador o extrabajador)

Presentar la cédula:

  • Apellidos y Nombres
  • Número de cédula
  • Correo electrónico
  • Número telefónico (celular y convencional)
  • Fecha exacta de ingreso y salida del trabajo

Datos completos del empleador

  • Nombre de la empresa denunciada/ Apellidos y Nombres (persona natural).
  • Nombre del representante legal (empresa).
  • Número de Ruc si es empresa o Número de cédula si es personal natural.
  • Dirección exacta con referencia y nomenclatura.
  • En caso de no haber nomenclatura actual adjuntar fotografía del lugar.
  • Croquis en una hoja del lugar de notificación.

Si comparece con patrocinio de abogado, adjuntar dos escritos detallando la información señalada anteriormente, con los fundamentos de hecho y de derecho, copia de cédula del denunciante, copia de la credencial del abogado patrocinador y el croquis. (I)

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