El gobierno ecuatoriano no declarará un nuevo estado de excepción por la pandemia de COVID-19, una vez que este termine a mediados de septiembre. Eso implica que las medidas como el toque de queda o las restricciones al derecho de libre asociación van a terminar cuando termine este periodo de excepción.

El presidente Lenín Moreno ordenó por primera vez el estado de excepción por 60 días el 16 de marzo y luego lo renovó por otros 30, como le permite la Constitución. El 16 de junio, el mandatario decretó un nuevo estado de excepción de 60 días, que fue renovado en agosto y se extenderá hasta el 13 de septiembre.

"Transcurrido este periodo de 30 días de renovación del estado de excepción (decretado el 14 de agosto) la Corte Constitucional no admitirá una nueva declaratoria" relacionada con la pandemia, señaló la ministra de Gobierno, María Paula Romo este miércoles. Eso implica que "las medidas excepcionales como el toque de queda o las restricciones al derecho de libre asociación van a terminar cuando termine este periodo", agregó la ministra.

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Romo insistió en que a partir de mediados de septiembre Ecuador pasará "a otro tipo de controles y a otro tipo de actividad en donde la mayor parte de la responsabilidad se ponga en el autocuidado y la autoprotección". Para ello el gobierno propone una campaña llamada Yo me cuido, "que hace énfasis en las medidas que debe tomar cada familia" para evitar los contagios, indicó Romo.

COE cede control a cabildos e intendencias

Juan Zapata, director general del Servicio Integrado de Seguridad ECU 911, indicó que solo hasta el 12 de septiembre el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional tendrá la base legal para generar medidas restrictivas.

''Por lo tanto (desde el 13 de septiembre) ya no podemos generar el toque de queda o la prohibición de reuniones públicas o privadas. Esa norma tiene que ser compensada con la corresponsabilidad... autorregulación, autodeterminación y -sobre todo- mucha solidaridad'', puntualizó el funcionario.

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La ministra Romo explicó que en la decisión de la Corte Constitucional se insta a las autoridades de todo nivel de gobierno a que exista otro tipo de disposiciones regulares, ya no excepcionales, para el control de la pandemia.

En este sentido detalló, por ejemplo, los controles habituales que hace la Intendencia de Policía, o los controles de los órganos de Comisaría que todavía tienen la facultad para resolver temas sobre horarios de funcionamiento en ciertos tipos de locales. ''(Ahora) hay restricciones para bares, karaokes, centro de diversión nocturna, pero esto (ya) no se regulará desde el estado de excepción, sino desde los permisos que se requiere en Intendencia'', aseguró la ministra.

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La circulación vehicular por el número de placa ya tampoco será regulada desde el COE Nacional, una vez que termine el estado de excepción; esa facultad volverá a los municipios, entes que decidirán el día que pueden circular los vehículos de acuerdo al número de placa.

Con el fin del estado de excepción también termina la prohibición de la libre asociación. Pero, según indicó la funcionaria, las reuniones en sitios públicos de aglomeración, como parques o estadios, para conciertos o similares, dependerán de los permisos que emitan los cabildos así como las intendencias de Policía. En todo caso recalcó que ese tipo de aglomeraciones aún no pueden darse, porque ''serían un riesgo para la salud (pública)''.

Pese a la vigencia del estado de excepción, el gobierno ha ido flexibilizando desde mayo las medidas de confinamiento. De esta manera reabrió las fronteras aéreas y permitió que se reanuden actividades recreativas como la visita a playas y reservas naturales, así como el aumento del trabajo presencial. (I)