El presidente Lenín Moreno envió este lunes a la Asamblea Nacional el veto parcial que realizó a la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, aprobada por esta instancia en mayo pasado.

El Ejecutivo hace 16 objeciones a artículos de esta ley. Uno de estos es que los planes de inversión deben también enmarcarse en los techos presupuestarios que emitan las entidades pertinentes. En el proyecto de ley aprobado por la Asamblea solo observaba una eficiente calidad del gasto.

Además en la objeción al artículo 30 se indica que para permitir que el Banco Central y bancos públicos puedan acceder a operaciones de financiamiento para liquidez e intermediación financiera se elimina la "expresión que no provengan de deuda externa multilateral, de proveedores, de gobiernos extranjeros, ni de la banca nacional/internacional".

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En el documento enviado por el Ejecutivo en la objeción XIV a la disposición transitoria vigésima segunda que establece que el entre rector de las finanzas públicas, en los primeros noventa días del ejercicio fiscal 2021, "deberá presentar una estrategia para reducir anualmente y de forma progresiva hasta su completa eliminación, los saldos de CETES que están colocados al 31 de diciembre del 2020" y deberán ser aprobada por el ente rector de finanzas públicas.

Antes se establecía que se debía presentar en un plazo de 90 días de vigencia de la ley y los saldos que estaban colocados al momento de la expedición del documento y aprobada por el presidente.

En la objeción XVI del Ejecutivo se indica que el ente rector de las finanzas públicas deberá "reducir progresivamente el indicador de deuda pública y otras obligaciones hasta el límite establecido en el artículo respectivo" y se considerarán los límites del 57% del PIB hasta el 2025, 45% del PIB hasta el 2030 y el 40% hasta el 2032 y en adelante.

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De manera bianual, desde el ejercicio fiscal 2022, se emitirá un anexo a la proforma del Presupuesto General del Estado un plan de reducción de deuda pública. (I)

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