Propuestas para eliminar las pensiones vitalicias a los expresidentes y vicepresidentes de la República sentenciados por corrupción o limitar la lista de beneficiarios se analizan en la Comisión de Derechos de los Trabajadores, que busca reformar los artículos 135 y 136 de la Ley de Servicio Público (Losep).

La semana pasada, la Comisión aprobó una resolución que cerró el debate y ordenó la elaboración del primer informe. Nueve propuestas se unificarán, aunque la presidenta Karina Arteaga (AP) advirtió que hay dos más: una fue a la Comisión de Justicia y otra está en el Consejo de Administración Legislativa (CAL).

Los proyectos se enmarcan en dos sentidos: eliminar los artículos 135 y 136 de la Losep, con lo cual desaparecería este beneficio para los exmandatarios; y el segundo, reformar la norma para evitar que las pensiones sean recibidas por terceras personas y los hijos de los exmandatarios mayores de 18 años.

Publicidad

La Ley dispone que en caso de fallecimiento del beneficiario y su cónyuge, la pensión se entregará a los hijos menores de 18 años con discapacidades severas, calificadas por la entidad correspondiente.

Entre los legisladores hay interés de eliminar de los beneficiarios a los hijos del fallecido Jaime Roldós (Diana, Martha y Santiago) y a la hija de Jamil Mahuad (Paola), que no se enmarcan en esa disposición.

Pero también hay otros casos que la pensión la reciben los cónyuges o hermanos, sin que los exmandatarios hayan fallecido, como María Rosa Pulley, esposa de Abdalá Bucaram; Violeta Garzozi, madre de Alberto Dahik; y Pierina Correa, hermana de Rafael Correa.

Publicidad

Eliseo Azuero (BADI) plantea que una vez que el mandatario deje el poder tenga dos años de pensión de sobrevivencia, luego se la suspende hasta que haya cumplido 65, que es el requisito para jubilarse. Esto porque los ecuatorianos son iguales ante la ley.

El vicepresidente de la Comisión, Vicente Taiano (PSC), opina que hay que analizar dos temas: hacia futuro, se debe eliminar la pensión y eso pasa con una ley reformatoria; y lo otro es cómo eliminar ese privilegio a quienes lo están recibiendo y para ello solo bastaría con una ley interpretativa, porque no es un derecho sino una concesión y eliminarlo no es regresivo.

Publicidad

Y considera que no es necesaria una consulta a la Corte Constitucional.

En cambio, Marcela Holguín (RC) dice que se debe esperar un dictamen de la Corte o invitar a constitucionalistas para que “nos expliquen si se puede hacer regresivo un derecho”.

Agrega que cuando se plantea la eliminación de la pensión, se tiene que observar que será para el futuro porque la Ley no puede ser retroactiva. (I)