Desde el 2008, el gobierno de Rafael Correa hizo que las entidades de la administración pública utilicen software libre en sus sistemas y equipamientos informáticos.

A través del Decreto Ejecutivo 1014, firmado en abril del 2008, se estableció como política pública a las entidades de la Administración Pública la utilización de Software Libre en sus sistemas y equipos informáticos.

Se entendió por software libre a programas de computación, que pueden utilizarse y distribuirse sin restricción alguna, que permiten su acceso a los códigos, fuentes y cuyas aplicaciones pueden ser mejoradas.

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En el decreto, se abrió la libertad de utilizar un programa con cualquier propósito de uso común, distribución de copias sin restricción alguna, estudio y modificación del programa y publicación del programa mejorado.

Las entidades públicas, previo a la instalación de un software libre, deben verificar la capacidad técnica para usarlos; y, se faculta el uso de "software propietario (no libre) cuando no exista una solución de software que supla las necesidades requeridas, o cuando esté en riesgo la seguridad nacional, o cuando el proyecto esté en un punto de no retorno".

Se entendió como "seguridad nacional" las "garantías de la supervivencia de la colectividad y la defensa del patrimonio nacional".

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El 22 de mayo del 2017, dos días antes de que Correa termine su último periodo presidencial suprimió el decreto 1014 y firmó un "reglamento" para el uso de esta herramienta, en la que determinó que el ente regulador era  la Secretaría de la Administración Pública.

Aunque, en el gobierno de Lenin Moreno suprimió dicha entidad, y la transformó en Secretaría General.
En esta reglamentación se resaltó que la adquisición de esta tecnología debía acompañarse con la consideración del "valor agregado ecuatoriano"; y si se requería de un software de otra modalidad, la Secretaría de la Administración debía conocer por cuánto tiempo, especificaciones técnicas, costos, se la contrataría.

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La administración anterior estableció que en los términos de referencia para proceder con la contratación, debe verificarse la existencia de software "similares o equivalentes" que están en un denominado Sistema Nacional de Información, Ciencia, Tecnología y Saberes Ancestrales. Si hay, "el uso es obligatorio".

Con ello se "prohibió contratar desarrollos o adquirir software similares o equivalentes a los que estén en el repositorio" del Sistema.

Para el presidente de la Asociación Ecuatoriana de Software, Andrés Burbano de Lara, se obligó a las entidades del Estado a contratar estas tecnologías.

"Eso ha creado un problema porque hay muchas empresas que venden software nacional, pero que no es libre. Y no le pueden vender al Estado. Es muy engorroso el trámite de justificar el contratar otra cosa que no sea software libre. Esto ha sido muy negativo para el sector. Las ventas han caído, y el sector público no puede contratar lo que necesita", expresó.

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Explicó que el inventor de un software libre debe compartir su tecnología, y se ha vuelto en una "forma de hacer negocio que no aplica para todo". Como ejemplo, cuenta que hay actualmente herramientas como el correo electrónico 'Zimbra' o 'Quipux' que se usan en las entidades públicas, en los que  "hay muchos casos en los que han gastado millones y les ha ido mal". (I)