Los servicios de asistencia –esos que han sido cuestionados en estos días por clientes que aseguran que no los han aceptado y sin embargo se los descuentan de sus cuentas bancarias– no constituyen “una póliza de seguros” que sí debe ser firmada por el cliente y la compañía, así lo informó la Superintendencia de Compañías.

Ese organismo de control ayer emitió un comunicado, ante el malestar de clientes del sistema financiero que se han quejado de que esos cobros no fueron autorizados por ellos, y luego de que la Superintendencia de Bancos indicara que el tema de los contratos que el cliente hace con las aseguradoras no está ya bajo la supervisión de ese ente, sino de la Superintendencia de Compañías.

La Superintendencia de Compañías aclaró que asumió la competencia y control del régimen de seguros en el 2015 y a partir del 17 de abril de 2017 la competencia y el control de las compañías financien servicios de atención integral de salud prepagada.

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Cita el Código Monetario y Financiero para indicar que “solo las empresas de seguros pueden asumir riesgos sobre personas o generales, mediante la emisión de pólizas de seguros”. Y que “las personas jurídicas que no forman parte del régimen de seguros o del ámbito de la salud prepagada, no podrán realizar operaciones propias de las aseguradoras o de las compañías que financien servicios de atención integral de salud prepagada”.

La Superintendencia de Bancos recordó que: “Los cargos que se impongan por servicios financieros y no financieros tienen que ser expresa y previamente aceptados por el usuario”. Los reclamos los recibe en www.superbancos.gob.ec.

Mientras que esta tarde, a partir de las 17:00, la Comisión de Régimen Económico y Tributario de la Asamblea Nacional recibirá al periodista Mauricio Ayora, quien denunció esos cobros durante su programa, y también se darán las comparecencias de los superintendentes de Bancos, Carlos Novoa, y el de Control de Poder de Mercado, Christian Ruiz. (I)