La reestructuración del Consejo de Participación Ciudadana (CPC) que el presidente Lenín Moreno plantea en su consulta popular contempla el posible cese de las autoridades designadas por dicha institución, como el Fiscal, Contralor, superintendentes, jueces nacionales, entre otras.

La atribución la adquirirá el consejo transitorio que asumirá en reemplazo del actual CPC, según especifica el Anexo 3 del proyecto de consulta popular y referéndum que Moreno envió a la Corte Constitucional (CC) el pasado 2 de octubre, para su aprobación.

El anexo, referido en la pregunta 2 sobre el cese de funciones de los siete integrantes del actual CPC, establece que “el Consejo que asuma transitoriamente” tendrá la “potestad de evaluar el desempeño de las autoridades cuya designación le corresponde (al CPC), pudiendo, de ser el caso, anticipar la terminación de sus periodos”.

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El CPC designa a los titulares o representantes de 21 instituciones del Estado, a través de procesos de concursos o valoración de ternas, y en atención al mandato que la Constitución o determinadas leyes le otorgan.

Pero varias de estas autoridades “no cuentan con el aval de la sociedad”, alega el presidente Moreno en el pedido que entregó a la CC, y donde además concluye que la 'institucionalidad' del CPC “se ha puesto en crisis”.

Sin embargo Moreno no plantea su eliminación, ni el cese de las autoridades nombradas por el CPC, como varios detractores al organismo habían pedido.

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El exvocal del Consejo, David Rosero, recuerda que él fue uno de los ciudadanos que envió a Carondelet propuestas de preguntas para la consulta popular, y que una de ellas sugería el cese de 'todos' los funcionarios escogidos por “un organismo correísta”.

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“Yo denuncié cuando estuve en el Consejo (2010-2015) que lamentablemente una mayoría correísta de cinco miembros, versus dos que estábamos en minoría, secuestró el Estado mediante la palancocracia, con amagues de concursos”, afirma Rosero.

El analista político Francisco Huerta comparte esta postura, y cuestiona que el Mandatario no haya incluido una interrogante para averiguar si los ciudadanos estaban de acuerdo con la 'continuidad' de las distintas autoridades escogidas por el CPC.

El coordinador del Frente Anticorrupción creado por el gobierno, Xavier Zavala, aprueba que Moreno no haya propuesto ni la eliminación del CPC, ni el cese de las personas por él designadas.

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El jurista explica que la primera medida hubiese podido ser advertida por el CC como un “atentado contra la estructura del Estado”, y por ende disponer que sea sometida a una Asamblea Constituyente.

De otra parte Zavala considera 'positivo' que se plantee una evaluación pues se garantizará el derecho a la defensa. “Lo contrario hubiera significado la cesación de todos sin hacer ningún proceso de discriminación”, anota él.

Evaluación

El Anexo 3 de la pregunta sobre el cese de funciones del actual CPC especifica que el organismo transitorio “evaluará el desempeño de las autoridades designadas por el Consejo cesado, en el plazo máximo de seis meses desde su instalación, pudiendo, de ser el caso, declarar la terminación anticipada de sus periodos”.

Se agrega que si esto último se da, la institución transitoria deberá convocar a los “respectivos procesos de selección”. Es decir, organizar concursos públicos de mérito y oposición, o solicitar a la institución correspondiente la respectiva terna, según sea el caso.

Régimen transitorio

De ganar el sí en la pregunta sobre el cese de funciones del actual CPC, un organismo de carácter transitorio asumirá funciones “hasta que se instale un nuevo Consejo conforme al sistema establecido en la Constitución enmendada”.

La enmienda plantea que los siete consejeros sean escogidos por los ciudadanos a través de elecciones. En la actualidad, según manda el artículo 207 de la Constitución, es vía concurso público de mérito y oposición que el Consejo Nacional Electoral organiza.

El Consejo de Participación transitorio asumirá “todas las facultades, deberes y atribuciones” que la Constitución y leyes le dan al CPC, estipula el Anexo 3.

Este indica que los integrantes del organismo temporal provendrán de ternas enviadas por el Presidente a la Asamblea Nacional, y que esta tendrá un plazo de 20 días para nombrar a los consejeros.

Sobre este punto, el exvocal Rosero recomienda al Mandatario que los postulantes de las ternas surjan de las organizaciones sociales pues el anexo no especifica cómo el presidente los escogerá.

Nuevo Consejo

La institución que reemplazará al ente transitorio estará conformada por siete consejeros, que deberán ser elegidos en “los próximos comicios para designar a las autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados”. Es decir en el proceso previsto para el 2019.

El Anexo 3 establece que los consejeros cesados no podrán ser candidatos, ni tampoco los “afiliados, adherentes o dirigentes de partidos o movimientos políticos, durante los últimos cinco años”.

Se señala que los aspirantes deberán demostrar “trayectoria en organizaciones sociales, en participación ciudadana, en la lucha contra la corrupción”, o evidenciar “ su compromiso cívico y de defensa del interés general”.

Los nuevos consejeros serán designados por un periodo de cuatro años, y ya no de cinco, como recoge el actual artículo 205 de la Constitución. (I)