Pese a que la Fiscalía solicitó a la jueza Ana Cevallos que adelante la fecha para la audiencia de juicio por el delito de enriquecimiento ilícito contra Álex Bravo, exgerente de Petroecuador, la funcionaria rechazó el pedido y confirmó la diligencia para el 31 de enero de 2017.

El fiscal general del Estado, Galo Chiriboga, calificó de “términos bastante descomedidos”, los utilizados por la jueza para contestar el pedido de la Fiscalía. Según Chiriboga, la respuesta que habría recibido señalaría “que la Fiscalía no tiene ningún privilegio para que le privilegien sus audiencias”.

En este caso la audiencia estuvo definida para el 10 de noviembre último, pero la defensa de Álex Bravo pidió que se la pospusiera.

Publicidad

En esta audiencia se decidirá también si la justicia acepta la propuesta del exgerente de Petroecuador, de acogerse al procedimiento abreviado, es decir si colabora con la justicia.

Cevallos, magistrada de Pichincha, señaló en su providencia que el solicitante ha presentado la documentación necesaria y que “garantizando el derecho a la defensa se difiere la audiencia”.

En lo que se refiere al planteamiento de “colaboración eficaz” realizado a la Fiscalía por la defensa de Carlos Pareja Yannuzzelli, exministro de Hidrocarburos y exgerente de Petroecuador, Chiriboga aclaró que uno de los elementos básicos es que la información que entregue el procesado debe ser realmente eficaz para la administración de justicia.

Publicidad

Pareja está investigado en dos casos: el primero por cohecho y el segundo por enriquecimiento ilícito. En el de cohecho forma parte de un grupo de 18 procesados, entre los que también está Bravo Panchano.

El artículo 491 del Código Orgánico Integral Penal considera la figura de la cooperación eficaz como un acuerdo de suministro de información y datos precisos, verídicos y comprobables que contribuyan al esclarecimiento de los hechos investigados o permitan identificar responsables.

Publicidad

Como beneficios de esta cooperación eficaz se contemplan penas solicitadas por la Fiscalía no menores al 10% y al 20% del mínimo de la pena fijada para la infracción.

El delito por enriquecimiento ilícito es sancionado con una pena que va de siete a diez años de privación de libertad. Chiriboga adelantó que dentro del proceso abreviado esos serán los rangos en los que se moverá la Fiscalía, refiriéndose solo al segundo caso.

Xavier Cazar, defensor de Pareja, está a la espera de que la Fiscalía analice y emita su pronunciamiento frente al pedido. Dijo que cuando se conozca el criterio del Ministerio Público, se podrá saber cómo desarrollar esa colaboración. Una posibilidad podría ser el retorno del exfuncionario.

El cuarto caso relacionado con la petrolera estatal, por delincuencia organizada, es contra los exfuncionarios Marco Calvopiña y Darío T., y el contratista Eduardo V.

Publicidad

Sin respuesta
El Ministerio del Interior no ha respondido un recurso de acceso enviado el pasado 19 de octubre por este Diario para que entregue los movimientos migratorios de funcionarios y empresarios relacionados con el caso Petroecuador. El plazo venció hace varias semanas. (I)