En Ecuador, las parejas que mantienen una convivencia estable durante al menos dos años pueden registrar su unión de hecho y acceder a los mismos derechos patrimoniales que un matrimonio civil, según lo establece el artículo 222 del Código Civil.
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Cuando una pareja contrae matrimonio o registra una unión de hecho, se crea automáticamente una sociedad conyugal o sociedad de bienes.
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En Ecuador, las parejas que mantienen una convivencia estable durante al menos dos años pueden registrar su unión de hecho y acceder a los mismos derechos patrimoniales que un matrimonio civil, según lo establece el artículo 222 del Código Civil.
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