La madrugada de este martes, 10 de febrero, el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, su hermano Antonio, presidente de Barcelona Sporting Club, y otras nueve personas fueron detenidas con fines de formulación de cargos.
Los allanamientos para su aprehensión se realizaron en varios lugares de Guayaquil y Samborondón. La Fiscalía detalló que la detención se llevó a cabo en el marco de una investigación por presunta delincuencia organizada con fines de lavado de activos y defraudación tributaria.
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Inmediatamente, alrededor de las 07:30, en un avión militar C-130 se trasladó a los sospechosos a la capital. Se espera que comparezcan a una audiencia en la Unidad Judicial de Iñaquito.
En el momento de la detención, el alcalde no portaba el grillete electrónico que se le había dispuesto usar por el caso Triple A, en el que se investiga una presunta comercialización irregular de hidrocarburos.
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Este martes, 10 de febrero, el alcalde tenía programada una actividad de entrega de becas para estudios de tercer nivel en un instituto ubicado en el norte de Guayaquil.
Las implicaciones del grillete electrónico y la prisión preventiva
Kléber Siguencia, abogado penalista, explicó que la detención se realizó en virtud de una orden judicial para formulación de cargos; es decir, enfrentarían una audiencia —en la que se inicia una instrucción fiscal— en la cual se solicitarían medidas cautelares.
En un segundo escenario, el abogado dijo que es probable que se dicte prisión preventiva por cuanto el alcalde no tenía el grillete. Sería un argumento para motivar la reincidencia en el incumplimiento de una medida alternativa y podría motivar el pedido de privación de libertad mientras avanza el proceso judicial.
Él recordó que la prisión preventiva tiene una duración máxima de un año mientras no se dicte una sentencia por el caso investigado.
“Más que un agravante, porque solamente los delitos se agravan por circunstancias específicas, eso sería un argumento para motivar la reincidencia en el incumplimiento de una medida alternativa a la prisión preventiva; ese argumento servirá para motivar el pedido de prisión preventiva que está descrito en el Código Orgánico Integral Penal”, manifestó Siguencia.
Julio César Cueva, abogado especialista en derecho penal, ratificó que la falta del grillete sería un argumento para la Fiscalía. “Es una situación muy difícil para el alcalde”, agregó.
El futuro de la Alcaldía de Guayaquil
De darse este último escenario, en el que no pueda defenderse en libertad, Siguencia explicó que el Concejo tendría que designar a la vicealcaldesa para que ella asuma temporalmente la Alcaldía como encargada hasta que se resuelva la situación jurídica.
En ese caso, Siguencia puntualizó que se declararía vacante el cargo y que, de manera inmediata, debería asumirlo la vicealcaldesa.
La mañana de este martes, 10 de frebrero, Coronel asistió a un evento que estaba programado para Alvarez.
Sin embargo, según Siguencia, el alcalde también podría defenderse si logra obtener una medida cautelar distinta a la privación de libertad, con todos los derechos que, bajo el principio de inocencia, gozan todos los ciudadanos y que están garantizados por la Constitución. Asimismo, ello le permitiría seguir presidiendo la Alcaldía.
Por su parte, Cueva agregó que esta figura de detención con fines de formulación de cargos buscaría directamente ejercer el pedido de prisión preventiva, que debería finalmente quedar a consideración del juez que conozca la causa en la audiencia.
“En estos momentos, la vicealcaldesa asume por obvias razones, porque está impedido de ejercer el cargo; si se le dicta la prisión preventiva, habría que ver si se aplica lo que pasó con Glas, donde se discutía si era abandono del cargo o un asunto de fuerza mayor, para ver si puede continuar”, explicó y añadió que lo idóneo sería que se oficialice a través de una sesión del Concejo.
José Manuel Portugal, director de la Escuela de Derecho de la UIDE, puntualizó que lo ocurrido este martes es sumamente grave y genera preocupación por la repercusión.
Si se ordena prisión preventiva, Portugal expuso que la situación se complicaría considerablemente para la Alcaldía. La legislación vigente permite una ausencia máxima de hasta tres días antes de que se deba solicitar formalmente una ausencia temporal, detalló.
Si aquello ocurre, el alcalde tendría que solicitar dicha ausencia para que la vicealcaldesa asuma el cargo, pedir vacaciones u optar por alguna alternativa legal que evite una ausencia definitiva, sostuvo.
“Si el alcalde incurre en ausencia definitiva, la ley establece que permanecer fuera del cantón sin la autorización correspondiente o sin una justificación válida por un periodo mayor a 30 días configura esta causal. Esto implicaría que el alcalde pierda la calidad de alcalde de Guayaquil, lo que agravaría de manera significativa la situación política de Aquiles Alvarez”, remarcó.
De ser el caso, Cueva mencionó que el plazo podría ser mayor por licencias o vacaciones (promedio de 90 días), dependiendo de lo acumulado que tenga, y también del aval del Concejo. “Una vez que se le acabe, habría que ver qué hace, porque probablemente esté en una situación de perder el cargo y probablemente lo vaya a perder”, subrayó Cueva.
De acuerdo con la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep), los servidores públicos tienen derecho a vacaciones, licencias, comisiones y permisos.
La norma contempla 30 días de vacaciones anuales pagadas para los funcionarios que hayan cumplido once meses seguidos de labores y pueden acumular hasta 60 días libres. (I)