La Corte Constitucional (CC) enfrenta una etapa que exige trabajo arduo, técnico y responsable, pero también inmediato sin que eso implique menos análisis. Las tres últimas leyes presentadas por el Gobierno y aprobadas por la Asamblea Nacional afrontan 18 demandas de inconstitucionalidad. Una ha sido inadmitida y las demás están en distintas etapas.

A las acciones de inconstitucionalidad sobre la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional (6), la Ley Orgánica de Inteligencia (1) y la Ley Orgánica de Integridad Pública (11) el Gobierno responderá “por la vía que corresponde y dentro de la norma y la Constitución”, advirtió el 7 de julio la vocera del régimen, Carolina Jaramillo.

Publicidad

Ley de Solidaridad Nacional suma una nueva demanda en la Corte Constitucional, Colegio de Abogados reclama su inconstitucionalidad

El cúmulo de demandas debe preocupar de manera doble al Ejecutivo y al Legislativo, ambos protagonistas de leyes presentadas como solución en materia de seguridad y economía. Por un lado, en el momento en que una demanda es aceptada a trámite, el equipo de Gobierno debe estar listo para la defensa de los textos legales; y por otro, se genera una especie de tensión alrededor de lo actuado, más allá de que mientras no haya una resolución los cuerpos normativos están en legítima vigencia.

Las personas o instituciones que han presentado las acciones tienen la responsabilidad de que estén libres de intereses políticos u otros.

Publicidad

Cuenta regresiva para las reformas constitucionales que buscan eliminar el financiamiento estatal de partidos y movimientos políticos

A su vez, la Corte Constitucional, que atesora entre sus misiones garantizar el respeto a la Constitución, interpretar sus normas y administrar justicia en materia constitucional, está obligada a actuar con pie de plomo para cumplir con lo que le corresponde y sin presiones. De momento, de las 6 demandas a la Ley de Solidaridad, ha inadmitido una, dos están admitidas y unificadas y tres pendientes, igual que las planteadas a los otras dos leyes.

El artículo 431 de la carta magna proclama la autonomía de los miembros de la Corte Constitucional y, por tanto, del organismo. Las crisis que enfrenta el país obligan a la sociedad a estar atenta a las decisiones de la Corte y a esta a resolver en derecho por el país. (O)