Entre 2006 y 2008 cuestioné la idea de que con una constitución nueva se resolverían los principales problemas del país. También cuestioné la Constitución de Montecristi por ser más un programa de gobierno autoritario que una constitución que limitara el poder. Esa aventura constitucional nos llevó a una concentración de poder y una economía estancada, males que todavía padecemos.

Los intentos de realizar cambios políticos deliberados abundan en nuestra región, y casi siempre han terminado en una gran decepción y destrucción de lo poco que se había avanzado en el desarrollo de instituciones. Esa costumbre tan nuestra de creernos de repente tan civilizados como los europeos o estadounidenses e importar las constituciones y legislaciones de ellos —tanto las malas como las buenas— ha derivado en instituciones estatales con escasa legitimidad y en la práctica de ignorar lo que dicen normas que poco o nada tienen que ver con nuestras costumbres.

Precisamente sobre eso escribieron algunos de los Padres Fundadores de las repúblicas en Iberoamérica, cuyas ideas relato en mi libro En busca de la libertad: Vida y obra de los próceres liberales de Iberoamérica (Planeta, 2025).

Consideremos a uno de ellos, José Joaquín de Olmedo. En su alegato para abolir la mita en los reinos de Ultramar ante las Cortes de Cádiz él citaba al historiador romano Tácito: “Cuanto más corrompida la república, más leyes”. Un criterio básico que considerar es que ojalá la próxima constitución no se ostente de ser una de las más largas del mundo como la actual, sino más bien breve. De hecho, un buen modelo a seguir podría ser la extensión de la primera Constitución redactada en el territorio de lo que hoy es Ecuador: la Constitución liberal de la Provincia Libre de Guayaquil que lideró el mismo Olmedo (“Reglamento provisorio de la Provincia Libre de Guayaquil”). Olmedo era consciente de que el problema no era que las leyes sean numerosas o pocas, ni buenas o malas, sino que “ni se han observado, ni se observan, ni pueden observarse. ¿De qué sirven las leyes sin costumbres?”

Otro principio clave de Olmedo era que las normas decían velar por la libertad de los individuos y esto incluía sobre todo la libertad económica, que implicaba una firme protección de los derechos de propiedad. Finalmente, no podemos dejar fuera del pensamiento constitucional de Olmedo la importancia que le dio él a la descentralización del gobierno por nociones de justicia. En una carta a Juan José Flores le indicó que: “cada Departamento tiene derecho de procurarse cuantas ventajas le brinde su clima y su localidad. . . pero la justicia también exige que los trabajos y costos de las mejoras particulares de cada territorio, salgan de sus propios fondos, pues sería duro y violento obligar a los pueblos perjudicados a costear las ventajas ajenas, y pagar su propio daño”.

Además de redactar “la Constitución provisional” de Guayaquil en 1820, Olmedo participó en tres asambleas constituyentes: la de Cádiz en 1812, la del Perú en 1822 y la de Ecuador en 1830.

No le tengo mucha fe a los procesos constituyentes, pero ojalá del próximo salga una constitución que limite el poder, asegurando libertades individuales y permitiendo la competencia tributaria y regulatoria entre cantones o regiones. (O)