La Corte Constitucional resolvió que el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados (Ciadi), firmado por el Gobierno nacional, no requiere la aprobación de la Asamblea Nacional, porque dicho instrumento establece que debe mediar el consentimiento del Estado para someter a un arbitraje tales disputas, ya sea a través de un tratado, una ley o un contrato. Sin embargo, 2 de los 3 jueces que discreparon con la mayoría de 6, sostuvieron que siendo la Constitución un todo normativo, no se consideró la prohibición constitucional de celebrar tratados en los que el Estado ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales que mantenga con particulares. Y es que el convenio en cuestión tiene cláusulas de arbitraje que constituyen parámetros para el evento de que se preste para el efecto el consentimiento estatal. Es pues una celada que ha propiciado el régimen, que a través de un contrato podría pactar con el inversionista tal modo de solucionar las diferencias, ya que no se requeriría de la ratificación del órgano legislativo.

Se eludió el debate respecto a la conveniencia de retornar al Ciadi, que Ecuador suscribió en 1986 y se apartó adecuadamente el año 2009, por las amargas experiencias de los laudos arbitrales dictados contra el país y a favor de las grandes transnacionales, que a pesar de violar las leyes y los contratos que celebraron con el Estado, a pesar de engañar al país, de contaminar el medio ambiente, de causar enfermedades a los ecuatorianos y daños en la producción petrolera, de resistirse a aceptar la soberanía fiscal del Ecuador, las han premiado con elevadas sumas de dinero que comprometen los recursos para aliviar las graves necesidades básicas que tiene la nación.

No se trata solo de la evidente parcialización de los árbitros, sino de las reglas del arbitraje, porque enervan la legislación interna, del Derecho Internacional Público como la de Derechos Humanos y Medio Ambiente. El Ciadi pertenece al Banco Mundial, donde Estados Unidos de América, cuna de los grandes inversionistas, cuenta con creces con el mayor número de votos.

Para completar el sistema están los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI), cuyo supuesto incumplimiento por Ecuador ha generado varias demandas. Contienen estipulaciones favorables a los inversionistas. El Consejo de Derechos Humanos de la ONU determinó que dichos tratados son atentatorios a los derechos humanos.

El dogma de que la inversión extranjera es la panacea para el desarrollo del país se desvirtúa con la depredación causada por las corporaciones que han litigado contra Ecuador. Deben ponerse reglas claras a su gestión. El nuevo gobierno quiere resucitar el dogma y ha empezado en el área petrolera, donde pretende entregar a la empresa privada la producción, transporte, refinación, venta del producto, desmantelando a Petroecuador y las arcas fiscales. Y quiere que en 100 días se reformule el modelo del contrato de participación en la exploración y explotación de hidrocarburos, con una cláusula de solución de querellas con arbitraje internacional, que la Constitución prohíbe. (O)