El 24 de octubre del 2011, Rafael Correa envió a la Asamblea el proyecto de Ley urgente que pomposamente denominó “Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado”, de múltiples materias, que incluía numerosas reformas a la Ley de Régimen Interno, entre estas las que privaron de la exención del IVA a los gobiernos seccionales municipales y provinciales, así como al IESS, a las universidades y escuelas politécnicas, a la Junta de Beneficencia y Solca y otras entidades, ofreciendo compensaciones en la ejecución presupuestaria del Estado –el viejo cuento: “Te quito y luego te devuelvo”, que en los hechos es manejar flujos ajenos, para devolverlos “cuando pueda”– a la estructura del ICE y a varias tarifas tributarias, la creación de impuestos ambientales a vehículos y otros, al Código Tributario, al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, a la Ley de Hidrocarburos, a la Ley de Minería y en varias disposiciones al Código de Procedimiento Civil, sobre todo en lo relativo a la vía coactiva.

Era presidente de la Asamblea Fernando Cordero, muy próximo a Correa, y su fuerza política, Alianza PAIS, tenía mayoría absoluta en la Asamblea; pero en esta había opositores que asumirían los cuestionamientos por las extorsiones que se venían, con apoyo de municipios y universidades, por las privaciones que eran hechos esperables –y luego se dieron– y podían trabar el avance del proyecto. Como algunas de las reformas tributarias, para que entren en vigencia el año 2012, debían estar promulgadas antes del 31 de diciembre del 2011, la consigna fue que la ley entre en vigencia sin debates, para que no haya traba alguna y, entonces, se ejecutó una trama: no se prepararon informes sobre la ley y –cosa insólita– el 17 de noviembre del 2011 la Asamblea Nacional de mayoría “pro-Correa” resolvió aprobar la moción de “negar el proyecto de Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado”, sin informe de comisión. Uno de los argumentos era la inclusión de varias materias, la misma tacha de los días que vivimos contra el proyecto de Lasso.

Correa esperó los 30 días, desde el envío del proyecto, y el 24 de noviembre del 2011 anunció que desconocía lo resuelto por la Asamblea, y el texto del proyecto se promulgó en el Registro Oficial, como decreto ley. Pregunto: como Lasso entregó el proyecto el 24 de septiembre del 2021 a 30 días de su envío, ¿actuará en forma similar a Correa: su proyecto lo impondrá como decreto ley?

La irracionalidad del Consejo de Administración Legislativa de la Asamblea Nacional, al no admitir el proyecto de Lasso para su trámite, habrá impedido el debate y la votación en su seno, por lo cual será responsable de que no se introduzcan correctivos esenciales, en los segmentos del proyecto sobre los que ha habido puntualizaciones que debieron haber merecido consideración del órgano legislativo.

Lasso, pospromulgación del decreto ley, ¿tendrá la sensibilidad de considerar correctivos que se le propongan, los que podría incluir en un nuevo proyecto urgente?

El Ecuador requiere coincidir. No privilegiemos pensar en quien(es) gana(n) en la confrontación. (O)