El más joven de los asambleístas de las filas de ADN retomó sus funciones luego de haber cumplido la suspensión de ocho días, sin sueldo, impuesta por dibujar mientras se desarrollaba una sesión de la Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social. No obstante, las consecuencias derivadas de ese garabateo fueron más allá de la falta leve con la que se le sancionó, ya que también –y quizá en lo fundamental– desveló, como resultado de un acucioso trabajo periodístico, una nutrida lista de parientes vinculados a ese parlamentario que laboraban en el Palacio Legislativo, confundiendo convenientemente a la casa de la democracia, con una agencia de empleo. Luego, y una vez conocida la noticia, el presidente de la Asamblea Nacional daba cuenta de la desvinculación, hasta ahora, de 47 personas, por motivo de la presencia de nepotismo disfrazado o vínculos familiares existentes entre el personal, lo cual llevó a reformar incluso, con urgencia y se entiende con algo de rubor en la cara, el art. 7 del Reglamento Interno de Administración del Talento Humano.

Esto último resulta importante tener presente ya que la Asamblea Nacional se ha pronunciado en el sentido de que ‘...antes de esta reforma, prácticas como la contratación cruzada de familiares entre despachos no constituían una infracción legal, pero sí implicaban conflictos éticos graves. Hoy, el Reglamento lo prohíbe expresamente y su cumplimiento es inmediato...’, no obstante, esto debe ser investigado con la debida profundidad ya que la contratación cruzada de familiares de asambleístas no puede solamente terminar con la desvinculación de los privilegiados parientes, en tanto el art. 127.3 de la Constitución, de manera expresa, prohíbe que las (los) asambleístas puedan ‘gestionar nombramientos de cargos públicos’, aclarando que quien incumpla con aquello perderá no solo la calidad de asambleísta sino además deberá afrontar las responsabilidades que determine la ley.

Entonces, aún hace falta un baño de verdad. Es necesario conocer quiénes forman parte de esas redes familiares e identificar una potencial participación de asambleístas en la figura de la contratación cruzada, que en ese escenario no solo contraría aspectos de la ética pública, sino también sería una infracción legal que debe ser sancionada ejemplarmente. De otra manera, la viveza criolla terminará imponiéndose y burlándose de todos los ecuatorianos.

Se debe prescindir de ese falso espíritu de cuerpo, de esas lealtades mal entendidas, y depurar a todo nivel la Función Legislativa, aun con el coste político que pudiera conllevar. Resulta indignante conocer que ciertos grupos familiares se repartan, como si fuese una de sus haciendas, posiciones burocráticas, en tanto más de 7,4 millones de pobres (a los que dicen representar) deben sobrevivir con $ 91,98 o $ 51,83 al mes, según estén atrapados por los tentáculos de la pobreza o pobreza extrema.

Hay que entender que lo público es público y que, por lo tanto, responde al interés general. Por lo mismo, actuemos en consecuencia ya que, de no comprenderlo, la democracia ecuatoriana terminará siendo, si ya no es, un garabato más. (O)