QUITO.- En diversas ocasiones se han realizado plantones ciudadanos solicitando al Gobierno que se entregue medicamentos a los pacientes y a los hospitales del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS. / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

Analicemos un caso prototipo que se repite mil veces en el Ecuador: la Contraloría encuentra irregularidades en varios hospitales. Supone perjuicios económicos al Estado y población (se entiende que la Contraloría ha investigado). Los que cometieron las irregularidades, desaparecieron los montos del perjuicio.

Cierto alto funcionario del IESS, ante esa denuncia, expresa: “... hemos pedido una auditoría para que se realice la investigación del caso, (otra investigación). Si encontramos indicios de corrupción actuaremos”. Esto quiere decir que la función administradora habría actuado sin controles; eso se verá después, con la auditoría. Si esta es la ‘regla de oro del control gubernamental’ actualmente, estamos muy mal.

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Investigar una operación gubernamental es un periodo de tiempo administrativo que supone largos procesos, ya que está en juego el honor de las personas. En el caso de existir irregularidades, establecer cuál fue el mecanismo y a dónde fue a parar la plata; me parece que mucho más fácil y de mejores resultados es crear los mecanismos para evitar la corrupción, las irregularidades, y esto es perfectamente posible. Empresas auditoras nacionales y extranjeras no solo sirven para hacer auditorías después de que se producen largos períodos gubernamentales, sino que son muy expertas en crear manuales de control para que el último centavo que paga el Estado tenga la debida justificación presupuestaria y corresponda a la ética fiscal.

Si la Contraloría sabe que los oferentes de medicamentos e insumos hospitalarios están relacionados y que hacen trampa, un buen manejo de compras debería controlar esto también. Las compras del IESS y del Ministerio de Salud deben hacerse a los fabricantes, laboratorios y a los importadores muy formales, esto produciría aparte del beneficio de control un beneficio adicional, que es también el control tributario. (O)

Rafael Mendoza Avilés, abogado, Guayaquil

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