En Ecuador ser presidente es ser a la vez jefe de Estado y jefe de Gobierno.

Como jefe de Estado deberá velar por la soberanía nacional, el orden interno, la seguridad pública y la defensa nacional, y por supuesto cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes. Será el comandante en jefe de las Fuerzas Armadas y la Policía; el responsable de preparar el presupuesto general del Estado; dirigirá la política exterior, suscribirá los tratados internacionales, nombrará los embajadores y jefes de misión; sancionará o vetará leyes, expedirá sus reglamentos. Podrá convocar a la Asamblea, presentar proyectos de ley, convocar a consultas populares, e indultar, rebajar o conmutar penas.

También como jefe de Estado tendrá la facultad de declarar los estados de excepción con facultades delicadísimas como la suspensión de ciertos derechos, entre ellos el libre tránsito, inviolabilidad de domicilio, censura previa, pudiendo ordenar recaudación anticipada de impuestos, requisiciones, movilización de los organismos del Estado, entre otras. De igual forma podrá disolver la Asamblea Nacional cuando se hubiere arrogado funciones o si obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por grave crisis política y conmoción interna.

Como jefe de Gobierno implica ser el responsable de la administración pública, por ende, dirigirá la Función Ejecutiva integrada por la Presidencia y Vicepresidencia (a la que deberá asignar funciones), por los ministerios de Estado (que podrá crear y suprimir) y por los demás organismos y empresas públicas donde tenga mayoría en los órganos de dirección.

El presidente tendrá las facultades para la designación y remoción de todos los funcionarios de la administración pública.

Al ser jefe de Gobierno, al presidente le corresponderá ejercer las competencias exclusivas del Gobierno central previstas en la Constitución: la protección interna y orden público, la nacionalización de extranjeros y control migratorio, la planificación nacional; las políticas económica, tributaria, aduanera, arancelaria; fiscal y monetaria; comercio exterior y endeudamiento, de educación, salud, seguridad social y vivienda; las áreas naturales protegidas y los recursos naturales, los desastres naturales, el espectro radioeléctrico y el régimen general de comunicaciones y telecomunicaciones; carreteras, puertos y aeropuertos y los recursos energéticos; minerales, hidrocarburos, hídricos, biodiversidad y recursos forestales. Manejará también el Servicio de Rentas Internas (SRI), el Servicio Nacional de Aduanas (Senae) y la Junta de Política Monetaria y Financiera, que fijará las tasas de interés activas y pasivas. El delegado del presidente presidirá el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), y de la terna que envíe el presidente saldrá quien presidirá el Consejo de la Judicatura.

Querido lector, esto es lo que está en juego el 7 de febrero del 2021. Al elegir presidente, piensa en quién es el equipo que lo acompaña, cuál es la propuesta, qué credenciales y experiencia tiene para enfrentar sin experimentos la peor crisis económica y sanitaria de la historia. Medítalo. Tienes el máximo poder: el voto. (O)