Me reía de los principios establecidos al inicio del Código Orgánico Administrativo y me acordé del artículo de opinión del columnista Pablo Lucio Paredes, de los abusos de varias instituciones gubernamentales, y si bien lo menciona por un algún lado, no hizo hincapié que todas las eventualidades descritas provienen de la propia norma y política institucional.
No sé hasta qué punto denominarlo, pero más allá del cohecho, la concusión y demás figuritas penales, esta es otra especie de corrupción, la cual circula impune y constituye otro factor más para pensar dos veces antes de invertir o incluso hasta para salir de paseo. Tan absurda es la norma o su imposición, es que en un paso perimetral vehicular en Ambato existe un límite vehicular de 50 kilómetros por hora, sancionándose a los conductores por haberse excedido aquel límite tan rígido, tomando en cuenta el tipo de carretera y la pobre señalización de tránsito. A más de ese ejemplo, existen reglamentos y ordenanzas con multas de todo tipo, actos resolutivos sin mayor motivación, informes semisecretos que no son puestos al conocimiento del administrado sino ya cuando cae el hacha institucional, mas, la dificultad para impugnar administrativa o judicialmente por el acceso y el costo, servicio que bien debería brindar la Defensoría Pública, sea cual fuere la persona afectada. Se entiende claramente que cada acto deba ser normado, pero las carísimas multas, la discrecionalidad determinativa y resolutiva está consagrada en la norma y en la política institucional. Un sistema pervertido y corrupto que ocupándose en nimiedades, se despreocupa de un verdadero control apuntalando la macrocorrupción. Sería bueno también ahondar de dónde proviene esa voluntad de imponer tanta norma, tantas penas pecuniarias, tanta discrecionalidad administrativa en condenar al administrado, si bien no quisiera disgustar al Econ. Paredes, diciendo cuál es la proveniencia de tantas ideas retardatarias para nuestro país. (O)
Roberto Francisco Castro Vizueta, abogado, Guayaquil