A raíz de la resolución que debe tomar la Corte Constitucional sobre el denominado matrimonio igualitario,  se mantiene la discusión respecto de que si la unión de hecho incorporada en la normativa legal equipara los derechos y obligaciones que se derivan del contrato de matrimonio o si en su lugar se trata de una relación jurídica desprovista de los mismos alcances y efectos. A esa reflexión se suma también la interpretación de que no es suficiente equiparar la relación legal, sino también incorporar el nombre de matrimonio a la unión de dos personas del mismo sexo.

En la clásica confrontación entre quienes afirman “la dignidad superior de una unión heterosexual” y aquellos que sostienen que el vínculo entre personas del mismo sexo debe proporcionar similar dignidad, resulta necesario incorporar, por más que resulte un tema analizado hasta la saciedad, la lectura sobre el origen etimológico de la palabra matrimonio entendiendo como tal el estudio lingüístico del origen de esa palabra, que en el caso   de matrimonio  proviene, de acuerdo con determinados estudios, de “matris” que significa “sitio en el que se desarrolla el feto” y “monium” que quiere decir “calidad de…”, es decir, “la aportación de la mujer que contrae nupcias para ser madre”, entendiendo de alguna manera a una especie de derecho a la maternidad, esto al tenor de que el modo legal de que una mujer pudiera ser madre era exclusivamente en el marco del matrimonio, al menos de acuerdo a la interpretación del derecho de ese entonces. Ya se sabe que las normas no siempre se ajustan a la realidad, y que muchas madres no necesariamente habían contraído matrimonio.

Otra interpretación señala que el origen etimológico podría tener más bien relación con  el cuidado de la madre, en cuanto a la idea de que era ella quien contribuía de una forma más efectiva a la formación y crianza de los hijos, mientras que otros argumentan que podría remontarse al rol “preeminente” de la mujer en las sociedades matriarcales. Hay autores que señalan otras hipótesis para explicar la formación de la palabra matrimonio, más allá de que la mayoría coincide en que la idea de defensa y protección de la madre es fundamental para interpretar el fundamento etimológico del matrimonio. En todo caso y siguiendo las respectivas formas de interpretación, resulta evidente que con el paso de los siglos el matrimonio fue evolucionando hasta tener una concepción básicamente monogámica, hasta llegar a ser concepción generalizada, de la cual se nutren las legislaciones griegas y romanas, fuentes lejanas de nuestro derecho.     

¿Resulta importante considerar el fundamento etimológico en la discusión del matrimonio igualitario? Por un lado se señala que la unión homosexual debe ser equivalente al matrimonio y que la discusión  del origen etimológico es irrelevante y sin fundamento,  a diferencia de quienes consideran que debe ser parte fundamental de la decisión constitucional. En realidad se trata de un tema no solo de perspectiva legal, sino que atañe a la dignidad de las personas, por eso reitero la reflexión citada al inicio de este artículo: ¿debería ser suficiente equiparar los alcances legales del matrimonio y de la unión de hecho o la discusión tiene que incorporar necesariamente la denominación del contrato  entre dos personas dispuestas a vivir juntas? El detalle es relevante y puede marcar la diferencia.   (O)