El tribunal de la Unidad Anticorrupción negó la prisión preventiva que solicitó la Fiscalía General del Estado (FGE) en contra del alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, y Ricardo Cevallos, ambos procesados por el delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de petróleo, en el caso denominado Triple A.

La decisión se adoptó la tarde de este martes, 30 de septiembre de 2025, tras la audiencia de juicio en la que se conoció el pedido de la FGE.

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La diligencia fue solicitada por el fiscal de la causa, Leonardo Alarcón, ante un supuesto incumplimiento de las medidas de presentación periódica dispuestas para los dos acusados, quienes hacen parte de las veintidós personas naturales y jurídicas acusadas como autoras y cómplices.

En el caso de Alvarez, la Fiscalía General argumentó su pedido ante la inasistencia del alcalde a un llamado a comparecer que debía cumplir el 1 de septiembre de este 2025, como parte de la medida de presentación periódica.

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Sobre este señalamiento, el alcalde de Guayaquil justificó que ese día se encontraba en Quito por dos motivos: su presencia en la audiencia oral única de prueba y alegatos por una denuncia que se presentó en su contra en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y por una reunión que mantuvo con la canciller Gabriela Sommerfeld, por invitación de la secretaria de Estado, y con el ministro del Interior, John Reimberg, en el marco de la visita del secretario de Estado de los Estados Unidos, Marco Rubio.

De hecho, esta justificación fue uno de los argumentos que el tribunal leyó en su resolución. Los magistrados sustentaron que, de acuerdo al numeral 1 del artículo 77 de la Constitución, la prisión preventiva no es la regla general y se aplica para garantizar la comparecencia y el derecho de la víctima, bajo parámetros de excepcionalidad; mientras que en una sentencia de la Corte Constitucional se reiteró que la prisión preventiva es de última ratio.

En este sentido, el tribunal observó que la medida de prisión preventiva “no es como indica el señor fiscal, que automáticamente corresponde imponer la prisión preventiva, pues en un Estado constitucional el rol del juez es acudir a la Constitución y a las normas convencionales”.

Asimismo, los jueces explicaron que luego del 1 de septiembre Aquiles Alvarez cumplió con la medida de presentación periódica, por lo que no se advierten, por si solos, datos sobre el riesgo de fuga o de obstaculización del proceso.

En cuanto a Cevallos, el tribunal dijo que el pasado 18 de julio el procesado se encontraba presente en la audiencia preparatoria de juicio; sin embargo, la Fiscalía dijo no recordar su asistencia, lo que llamó la atención de los magistrados, quienes consideraron que el pedido de prisión preventiva no es necesario en su caso.

Tras la decisión del tribunal de juicio, integrado por los jueces Christian Fierro, Carlos Serrano y Gabriela Lara, Aquiles Alvarez así como Ricardo Cevallos seguirán con grillete electrónico y con las presentaciones periódicas ante la autoridad competente.

En su cuenta en la red social X, el alcalde de Guayaquil se pronunció sobre la resolución de esta tarde y escribió:

“Seguiremos trabajando a pesar de esta burda persecución. Seguimos trabajando por Guayaquil que sigue siendo increíblemente independiente”.

(I)