El pleno de la Asamblea Nacional fue convocado para tratar el juicio político en contra del consejero del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), Juan Esteban Guarderas. La sesión n.° 995 del pleno Legislativo quedó agendada para el este viernes 27 de diciembre de 2024.

La Comisión de Fiscalización y Control Político resolvió, el pasado 22 de diciembre, recomendar al pleno de la Asamblea el enjuiciamiento de Guarderas al encontrarse inmerso en un supuesto incumplimiento de funciones.

Publicidad

La Comisión, presidida por la asambleísta correísta Pamela Aguirre, en su informe no vinculante ―aprobado con cinco votos― dio luz verde a la solicitud realizada por la asambleísta Ana Herrera, ya que cumple con los requisitos que establecen la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL).

Esto no es un juicio político, es una estrategia para tomar control del CPCCS y de otras instituciones fundamentales del país”, posteó Guarderas en su cuenta de la red social X, este lunes 23 de diciembre, sobre la situación que enfrenta.

Publicidad

En su publicación, el vocal del CPCCS se refirió a la audiencia por la acción de protección que presentó para bloquear el juicio político.

Él señaló que durante la diligencia la parte defensora de “Pamela Aguirre, en su desesperado intento por desacreditar, terminó exhibiendo su propia ineptitud: fueron ellos mismos quienes, frente al juez, demostraron la existencia de irregularidades en las firmas” para dar paso a la solicitud de juicio en su contra.

“El oficio emitido por Viviana Veloz es otra evidencia de que no les interesa la justicia, sino someterla. ¿No que peleaban con la ley en la mano? Entonces, ¿por qué buscan desesperadamente que se dé audiencia a finales de este mes? ¿Por qué estos juegos de retrasar la sentencia, de manipular los tiempos y procedimientos a conveniencia?”, refirió.

Sustento contra Guarderas por incumplimiento de funciones

Esta solicitud de juicio político, presentada el 10 de junio de 2024 en el Legislativo, se fundamenta en que el integrante del CPCCS, incurrió en los siguiente:

- Violación del deber de reserva y protección al denunciante en el ejercicio de sus funciones como consejero del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

- Presunto tráfico de influencias y violación de la independencia judicial; y

-Presunta falsificación de firma.

Para censurar y destituir a un miembro del Consejo de Participación se necesitan 70 votos. (I)