La terna para la designación del titular de la Superintendencia de Protección de Datos remitida por el presidente de la República, Guillermo Lasso, se someterá a una primera fase para la revisión del cumplimiento de requisitos de los candidatos en el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

Desde Brasilia (Brasil), el 29 de mayo pasado, el primer mandatario, Guillermo Lasso, firmó el oficio que remitió al Consejo de Participación Ciudadana para la designación, mediante un proceso por terna, de la autoridad de la Superintendencia de Protección de Datos, creada en la ley del mismo nombre.

El jefe de Estado propuso para ese cargo a Vianna di María Maino Isaías, a Félix Gregory Chang Calvache y a Blanca Esmeralda García Véliz.

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Vianna di María Maino Isaías es actual ministra de Telecomunicaciones y tiene título en derecho y estudios en negocios internacionales. Además, se ha desempeñado como consultora para organismos multilaterales.

Félix Gregory Chang Calvache es viceministro de Tecnologías de la Información y Comunicación del Ministerio de Telecomunicaciones, con título en administración de empresas y especializado en negocios internacionales y sistemas de información. Según su hoja de vida, laboró en el 2022 en el Banco Guayaquil; en el 2018 fue intendente regional de la Superintendencia de Control de Poder del Mercado; y, recientemente en la Corporación Financiera Nacional (CFN).

Blanca Esmeralda García Véliz ha desempeñado funciones en el Hospital Teodoro Maldonado Carbo de Guayaquil y en el Municipio de esa ciudad.

La primera ocasión que el CPCCS solicitó a Lasso la terna para designar a esta autoridad fue en agosto del 2022 durante la administración de Hernán Ulloa en la presidencia del organismo; luego, en la gestión de la expresidenta Gina Aguilar, hasta que el 2 de junio de 2023 llegó la lista.

En un primer momento, el pleno del Consejo deberá conocer el oficio enviado por Guillermo Lasso y crear una comisión técnica que revise el cumplimiento de aspectos legales y reglamentarios. Uno de ellos, verificar que se respete la alternabilidad entre hombres y mujeres y el principio de interculturalidad.

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Cada candidato debió acompañar su hoja de vida, la copia de la cédula de ciudadanía, la papeleta de votación vigente, documentos originales o copias legalmente certificadas que avalen la hoja de vida, particularmente los que permitan comprobar la preparación académica y experiencia.

La declaración juramentada que acredite no estar inmerso en las prohibiciones e inhabilidades para asumir el cargo, certificado de no estar registrado en la base de datos de la Unidad de Análisis Financiero (UAFE).

En caso de que la terna esté incompleta, se solicitará al Gobierno que remita los documentos faltantes en un término de dos días, según el reglamento.

La comisión técnica integrará a cinco funcionarios del Consejo, quienes se encargarán de verificar los requisitos e inhabilidades de los postulantes, así como solicitar a cualquier entidad pública o privada la información o documentación que considere necesaria para la verificación de los requisitos, prohibiciones e inhabilidades.

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La Ley de Protección de Datos Personales, que está vigente desde mayo de 2021, contempló la creación de esta superintendencia, cuya autoridad debe tener título en áreas como el Derecho, Sistemas de Información, de Comunicación o de Tecnologías, con título de cuarto nivel y experiencia de al menos diez años con áreas afines a la materia objeto de regulación de esta ley.

Estará en funciones por un período de cinco años.

Entre los requisitos que deben cumplir los aspirantes están ser ciudadano ecuatoriano, tener título profesional de tercer nivel en Derecho, Sistemas de Información, de Comunicación o de Tecnologías, tener título de cuarto nivel en áreas afines.

Acreditar experiencia profesional de por lo menos diez años en áreas afines al objeto de regulación de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.

Así también, no deben estar incursos en al menos catorce prohibiciones y sobre las que se deberá presentar una declaración juramentada, en la que los concursantes señalen que no mantienen contratos con el Estado; el certificado de no adeudar al Servicio de Rentas Internas, al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS); pensiones alimenticias; así como el documento de no tener responsabilidades y/o cauciones otorgado por la Contraloría General del Estado.

Quienes participen estarán sujetos a la impugnación ciudadana, en la que pueden ser observados por falta de probidad e idoneidad para ejercer cargo público; o, porque incumplen alguno de los requisitos.

El reglamento vigente establece que en el caso de que los tres candidatos de la terna fueran descalificados como consecuencia de una impugnación ciudadana, el Consejo notificará al presidente de la República para que proponga una nueva en el término de cinco días y se la someterá a todo el procedimiento de revisión. (I)