El sector correísta representado en la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional no tiene los votos para aprobar el informe elaborado por la presidenta de la mesa, Pamela Aguirre, que recomienda el enjuiciamiento político a la ministra del Interior, Mónica Palencia, por supuestamente haber incumplido sus funciones.

Pamela Aguirre convocó para este lunes, 7 de octubre, a las 18:30, a los integrantes de la Comisión de Fiscalización para conocer y resolver el informe que impulsa el juicio político. La tónica para el procesamiento de este juicio ha sido la virtualidad y este lunes no será la excepción. De todas las sesiones solo una fue presencial.

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Comisión de Fiscalización tratará la noche de este lunes el informe de juicio político a la ministra del Interior, Mónica Palencia

Este juicio político contra Palencia fue planteado por los asambleístas de la bancada correísta Leonardo Berrezueta y Paola Cabezas, y tuvo dos aristas.

La primera, relacionada con una supuesta responsabilidad y, por lo tanto, incumplimiento de funciones en la irrupción de la fuerza pública a la Embajada de México en Quito, ocurrida el 5 de abril de 2024, para detener al exvicepresidente Jorge Glas, hoy preso en la cárcel La Roca, en Guayaquil.

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Sobre esta acusación, según el texto borrador, la presidenta de la Comisión de Fiscalización recomienda tomar distancia “en virtud de que los hechos están siendo conocidos por una jurisdicción internacional, esta comisión no emitirá criterio alguno, en aras de no entorpecer ningún procedimiento, y dejará que sea la justicia internacional que decida sobre el fondo de los hechos alegados respecto a esta causa”.

La otra acusación se refiere a una supuesta falta de acción en materia de seguridad por parte de la ministra, pues los interpelantes sostienen que no existe el Plan Fénix para enfrentar el terrorismo y el crimen organizado en el país.

Posiciones políticas

A nivel de la Comisión de Fiscalización, la bancada de la Revolución Ciudadana (RC) posee cuatro votos a favor del informe elaborado por Aguirre, que serían los únicos que apoyarían el texto en el momento de motivar su aprobación.

El sector de Gobierno, representado por la bancada Acción Democrática Nacional (ADN), tiene cuatro votos en contra de dicho informe.

El quinto voto, que inclinaría el resultado, corresponde al legislador Lenín Rogel (expulsado del PSC), quien optaría por la abstención; con ello no habrá informe de mayoría.

Y la mesa de Fiscalización tendrá que aplicar lo que determina el penúltimo inciso del artículo 82 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que señala lo siguiente: “De no aprobarse el informe dentro de los plazos previstos en este artículo, la presidenta de la Comisión de Fiscalización remitirá, en el plazo de dos días, a la presidenta de la Asamblea Nacional las actas de votación correspondientes y un informe que detallará las posiciones de los asambleístas miembros de la Comisión de Fiscalización para que sea el pleno el que resuelva ya sea el archivo o el juicio político”.

Este informe de posiciones pasará a conocimiento del pleno de la Asamblea Nacional y la presidenta del Legislativo, Viviana Veloz, de la RC, tendrá cinco días de plazo para incorporarlo en el orden del día y, según se conoció, el tema será incluido en una sesión que sería convocada el lunes 14 de octubre, donde tendrá que definirse con 70 votos si se archiva o se recomienda el juicio político.

Conclusiones del juicio

El 30 de septiembre de 2024 fue la única sesión presencial que realizó la Comisión de Fiscalización para tramitar el juicio político contra la ministra del Interior, Mónica Palencia. Foto: Carlos Granja Medranda

El expediente borrador que remitió la presidenta de la Comisión de Fiscalización a sus compañeros contiene 92 páginas y en este se describe todo el trámite del proceso, incluyendo las decisiones que se tomaron tras el fallo judicial que llevó a suspender temporalmente el trámite del juicio contra la ministra del Interior.

Luego del análisis de las pruebas de cargo y de descargo y la etapa de alegatos de los proponentes del juicio y la acusada, la presidenta de la Comisión de Fiscalización puso a consideración siete conclusiones de este juicio.

La presidenta de la mesa aseguró que la solicitud de juicio político cumplía los requisitos que establece la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa y que la comisión garantizó el derecho al debido proceso y derecho a la defensa de todas las partes, quienes en todo momento tuvieron acceso al expediente digital que fue notificado el día en que el juicio político fue calificado y acumulado por la comisión, con todas las pruebas de cargo y de descargo anunciadas y presentadas por los asambleístas proponentes y la funcionaria cuestionada.

En las conclusiones se determinó que la ministra Mónica Palencia Núñez, en su calidad de ministra del Interior, ha incumplido funciones al inobservar los siguientes artículos de la Constitución de la República:

  • Artículo 3, numeral 8, respecto al deber primordial del Estado de garantizar el derecho de sus habitantes a vivir en una cultura de paz y seguridad integral.
  • Artículo 154, numeral 1, respecto al deber de los ministros de ejercer la rectoría de las políticas públicas y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas necesarias para su gestión.
  • Artículo 393, respecto a garantizar la seguridad humana mediante políticas y acciones integradas para asegurar la convivencia pacífica y prevenir la violencia.
  • Artículo 158, respecto a la misión fundamental de la Policía Nacional de protección interna y mantenimiento del orden público.
  • Artículo 163, que señala que la Policía Nacional es una institución civil, armada y técnica cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional.

El informe también señaló que Palencia ha incumplido funciones al inobservar la Ley de Seguridad Pública del Estado, en el artículo 10, literal o), referente a promover la creación de consejos provinciales de seguridad y expedir directrices para su funcionamiento, esto en concordancia con el Decreto Presidencial n.º 152, emitido en 2024, referente a la delegación de competencias al Ministerio del Interior para la creación de consejos provinciales de seguridad tras la supresión de la Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado.

Igualmente, el informe determinó que la acusada ha incumplido funciones al inobservar el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, en los siguientes artículos:

  • Artículo 63, respecto del deber del Ministerio del Interior de dirigir las políticas, la planificación, la regulación, la gestión y el control de la Policía Nacional.
  • Artículo 64, numerales 1, 2, 3, 5, 6, 7, 14, 18, respecto a las funciones de la ministra del Interior relacionadas con la seguridad ciudadana, incluyendo la elaboración de planes, la ejecución del presupuesto, la supervisión de la Policía Nacional, la coordinación con Gobiernos descentralizados y el control del desempeño de la Policía.

Según el texto de informe borrador, la ministra incumplió funciones al inobservar la Ley para Financiar el Conflicto Armado Interno, en sus artículos 1 y 2, referente al uso de los recursos fiscales generados por el incremento del IVA para la mejora de la seguridad y el combate al conflicto armado interno. (I)