En cinco días, la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional deberá presentar un informe no vinculante respecto a la solicitud de juicio político en contra de la consejera del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), Johanna Verdezoto, acusada de incumplimiento de funciones en el proceso de designación de la primera autoridad de la Defensoría Pública y por una denuncia de presunta concusión y perjurio vinculado a un contrato de arrendamiento de un departamento en Quito.
La mesa de Fiscalización se reunió de manera virtual, este 6 de marzo de 2025, para recibir las pruebas de cargo y de descargo en este juicio político solicitado por la asambleísta Ana Herrera, de la bancada de la Revolución Ciudadana (RC), en contra de la consejera Johanna Verdezoto. Con esta diligencia se cierra el proceso de pruebas y la comisión empieza a redactar el informe final en un plazo de cinco días.
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La primera en intervenir en la etapa de fundamentación de pruebas fue la asambleísta Ana Herrera (RC), quien sostuvo que la consejera Johanna Verdezoto incumplió las funciones establecidas en los artículos 45 y 46 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, que se refieren a prohibiciones en el ejercicio de funciones de las consejeras en asuntos en los que exista conflicto de interés con el ejercicio de sus funciones.
El artículo 46, numeral 4, del referido cuerpo legal, se refiere a las causales de cesación de funciones de consejeras, entre ellas, por juicio político instaurado por la Asamblea Nacional.
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Herrera afirmó que la acusada sostuvo reuniones con Rodrigo Daniel Frías Toral, postulante y mejor puntuado en el concurso de selección y designación de la primera autoridad de la Defensoría Pública antes de que haya concluido el respectivo concurso, lo cual dijo genera un claro conflicto de intereses, pues de la información pública procesada se evidencia una relación preexistente entre la consejera Johanna Verdezoto y Rodrigo Daniel Frías Toral, registrada al menos desde cuando este último laboró como director provincial del Consejo de la Judicatura de Los Ríos. Lo cual, según la interpelante, configura causal de censura y destitución como lo prescribe el numeral 4, artículo 46 del referido cuerpo legal.
Además, indicó que la consejera Verdezoto incumplió el artículo 3 literal del reglamento para la selección y designación de la primera autoridad de la Defensoría Pública, porque debido a las denuncias recibidas de la ciudadanía, la consejera Verdezoto fue recusada de asistir a las sesiones del CPCCS, relacionadas con el concurso de méritos y oposición para designar a la primera autoridad de la Defensoría Pública con veeduría ciudadana.
También dijo que la acusada Verdezoto incumplió funciones respecto de la denuncia por concusión y perjurio vinculado con un contrato de arrendamiento de un departamento en Quito, el cual según afirmó la legisladora Herrera, estaba suscrito por la señora Yodi Paucar y la consejera Johanna Verdezoto, por un canon de arrendamiento de $ 800, quien posteriormente la denunciara, tanto en la Fiscalía General del Estado como el Consejo de Participación Ciudadana, puesto que la señora Yodi Paucar no era dueña de ningún departamento y que firmó ese contrato porque la consejera Verdezoto le pidió y le consiguió trabajo en el CPCCS.
En la denuncia por concusión y perjurio en el que habría incurrido la consejera Verdezoto se determinan los siguientes incumplimientos de funciones, afirmó Herrera: Incumplimiento del principio de apariencia de la administración pública en concordancia con la prohibición de realizar tráfico de influencias, incumplimiento de funciones y obligaciones establecidas en el artículo 275 del reglamento general a la Ley Orgánica del Servicio Público, referente a los requisitos para que el servidor público pueda solicitar el viático por residencia, esto es una declaración juramentada ante el notario.
En caso de que se compruebe la falsedad en la declaración juramentada ante el notario para proceder al pago de viáticos por residencia o simular en domicilio en otra ciudad a más de las acciones administrativas, se procederá al inicio de los procesos civiles penales en contra del servidor, sin perjuicio de la correspondiente destitución previo el sumario administrativo.
Con el contrato irregular de arrendamiento del departamento en la ciudad de Quito, la consejera Joanna Verdezoto cobraba mensualmente los viáticos por residencia causando un daño económico al CPCCS, por ello, Herrera solicitó que la Comisión de Fiscalización apruebe la solicitud de juicio político.
La acusada, Johanna Verdezoto, cuestionó la forma en que fue presentado el proceso en su contra, y afirmó que no se le permitió la defensa respecto a supuestas reuniones con Rodrigo Daniel Frías Toral, uno de los candidatos a la Defensoría Pública y un conflicto de intereses, cuando ella lo que hizo es asistir a un evento académico por invitación de Tatiana Ordeñana, para lo cual dijo tener la prueba escrita donde consta la realización del evento en Quito.
La información presentada en la comisión es un simple pasquín, afirmó Verdezoto, quien indicó que sobre el supuesto caso de concusión la Fiscalía investiga, y no como se afirma en el proceso que no hay acciones fiscales al respecto.
La acusada afirmó que la testigo de su acusadora, Yadira Saltos, exconsejera del CPCCS, nueve veces mintió a la Comisión de Fiscalización respecto a las supuestas reuniones entre Rodrigo Frías Toral, candidato a la Defensoría Pública y la consejera Johanna Verdezoto. Por lo que pidió a la presidencia de la mesa de Fiscalización que se remita el expediente a la Fiscalía para que actúe por falso testimonio de Saltos.
Además, afirmó que votó a favor de la descalificación del candidato a Defensor Público, Rodrigo Frías. Entonces, dónde se comprueba un conflicto de intereses para beneficiar a Frías como máxima autoridad de la Defensoría Pública, preguntó. El concurso de Defensor Público fue el más auditado y ningún consejero siquiera se acercó a la comisión de selección, reiteró.
Sin evidencia y sin testigos fiables, Verdezoto solicitó el archivo del juicio político por esta causal.
Respecto a la acusación de una presunta concusión y perjurio vinculado a un contrato de arrendamiento de un departamento en Quito, la acusada Johanna Verdezoto anotó que el contrato es real y está notariado, y que mediante testimonio de Paucar, ante la Comisión de Fiscalización, afirma que la obligaron a presentar una denuncia ante la Fiscalía por presiones, porque “la perseguirían”.
Verdezoto explicó que se pretende señalar que la señora Paucar no es dueña del departamento, cuando ella tenía una autorización por parte del dueño para arrendar el departamento, por el cual pagó un precio justo y para demostrarlo dijo tener los recibos correspondientes.
Dijo que la señora Paucar ingresó a laborar al CPCCS en julio de 2023 y que fue separada de la institución en octubre de 2023, tras la destitución de Alembert Vera, y la orden la dio la expresidenta y actual consejera del Consejo de Participación, Nicole Bonifaz. Por lo tanto, pidió el archivo del juicio por falta de fundamentación. (I)