El presidente de la República, Guillermo Lasso, no incurrió en el presunto delito de peculado establecido en el numeral 2 del artículo 129 de la Constitución, por lo tanto, no se recomienda el enjuiciamiento político del primer mandatario.
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Este informe será incorporado en la convocatoria que realizará hoy el presidente de la Comisión de Fiscalización para la reunión del 6 de mayo.
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El presidente de la República, Guillermo Lasso, no incurrió en el presunto delito de peculado establecido en el numeral 2 del artículo 129 de la Constitución, por lo tanto, no se recomienda el enjuiciamiento político del primer mandatario.
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La celebración conocida como Diablada Pillareña fue declarada en 2009 patrimonio cultural inmaterial del Ecuador.
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