La noche del 31 de agosto, el presidente Guillermo Lasso dispuso el “inicio inmediato” de la venta del avión presidencial Legacy EMB-135 BJ.

La orden fue emitida a través del Decreto Ejecutivo 180, en el cual Lasso autoriza la venta directa de una de las naves que posee la Presidencia de la República. Una vez que se concrete la operación el avión tendrá que salir del país, bajo responsabilidad del Ministerio de Defensa.

Dos normas vigentes se contraponen al decreto de Guillermo Lasso sobre el uso personal del avión presidencial

Entre los justificativos de la medida consta que el Estado actualmente cuenta con dos naves destinadas al transporte del presidente, cuyos costos de mantenimiento y operación resultan inconvenientes para el país.

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Además, en el texto se indica que, a fin de racionalizar el gasto público y equilibrar el presupuesto nacional, es necesario vender activos improductivos o cuya conservación resulte ineficiente o innecesaria.

En la única disposición transitoria del Decreto se determina que mientras se ejecuta el proceso de venta se restringe el uso de la aeronave exclusivamente para “situaciones excepcionales” que serán calificadas por la Secretaría General Administrativa de la Presidencia.

El Ministerio de Defensa deberá emitir los informes técnicos y avalúos pendientes para cumplir con el Decreto 180. (I)