Desde el 3 de enero pasado, Ecuador forma parte como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU) para 2023 y 2024. Durante este mes de diciembre ejercerá la presidencia rotatoria del organismo, que tiene como misión mantener la paz y la seguridad internacionales de conformidad con los propósitos y principios de la ONU e investigar toda controversia o situación que pueda crear fricción internacional.

El máximo organismo de seguridad de la ONU está conformado por quince países, cinco permanentes y diez no permanentes; cinco de ellos son elegidos cada año por la Asamblea General para cubrir un periodo de dos años. Para obtener un puesto es necesario tener una mayoría de dos tercios, es decir, 128 votos como mínimo si participan los 193 miembros.

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Ecuador obtuvo 190 votos en junio de 2022 y con eso este 2023 se sentó por cuarta vez en la historia en el máximo órgano de decisión de la ONU. Fue miembro en 1950, 1960 y 1991, lo que le otorgó en esos momentos reconocimiento internacional.

Como miembro no permanente, Ecuador tiene capacidad de decisión, pero no de veto, facultad que recae solo en los cinco miembros permanentes: China, Francia, Rusia, Reino Unido y Estados Unidos.

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Los diez miembros no permanentes rotan constantemente y lo hacen por región. Su capacidad de decisión hace que tengan una gran responsabilidad en la toma de decisiones y de acciones a nivel global con los otros miembros.

El secretario general de la ONU, Antonio Guterres, con el presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, durante una reunión en la sede del organismo en Nueva York (EE. UU.). Foto: EFE

El representante permanente del Ecuador actualmente es el jurista José Javier De La Gasca López-Domínguez. El Consejo dispone que un representante de cada uno de sus miembros debe estar presente en todo momento en su sede permanente de Nueva York, para que puedan reunirse cuando surja la necesidad. Su primera sesión se celebró el 17 de enero de 1946 en Londres.

Hasta ahora, más de 50 Estados miembros de la ONU nunca han sido miembros del Consejo. No obstante, cualquiera de los 193 puede participar, sin derecho a voto, en deliberaciones cuando el Consejo considere que los intereses de esa nación se ven afectados. (I)